A pocos días de diciembre debes estar pensando cuánto de tocará de gratificación este mes. Por lo que debes tener en cuenta unas cuestiones básicas para calcular de mejor manera tu bonificación. En la siguiente nota de InfoMercado tendrás toda la información que necesitas.
¿Qué debo tener en cuenta?
Según la Ley 27735, que regula el pago de gratificaciones legales, el trabajador debe cumplir con los siguientes requisitos para tener una gratificación:
- El colaborador tendrá derecho a recibir este beneficio siempre y cuando lleve un mes completo laborado en la empresa, anterior al mes en que corresponde pagar la gratificación. Es decir, si la fecha de pago es en julio y diciembre, el colaborador deberá haber laborado en junio y noviembre.
- El colaborador deberá encontrarse cumpliendo sus labores durante la primera quincena de los meses en los que se paga el beneficio.
¿Cuánto me toca recibir?
Bien, si cumples con todo los requisitos. El gerente del centro Legal de la Cámara de comercio, nos explica:
“Conforme a la Ley de Gratificaciones N°27735, el trabajador de la actividad privada deberá percibir en diciembre de 2022 un sueldo íntegro por concepto de gratificaciones, siempre que haya laborado el semestre completo de julio a diciembre del 2022. Además, sobre dicha gratificación debe percibir una bonificación extraordinaria del 9%. Estos dos conceptos deben de figurar en la planilla electrónica del mes de diciembre«
Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Camara de Comercio de Lima.
Sin embargo, si has percibido un aumento de sueldo desde el 1 de diciembre de 2022, este no se considerará para el pago de la próxima gratificación de diciembre.
Y en el caso no hayas completado el semestre completo (julio – diciembre), tu gratificación será equivalente a un sexto del sueldo de cada mes trabajado. Pero si tuviste inasistencias injustificadas, por cada una de ella se te descontará 1/30 del sexto que percibirás.
¿Cuándo recibiré mi «grati»?
Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), este beneficio se puede pagar hasta el 15 de diciembre.En el caso no te paguen, debes saber que de acuerdo con el decreto supremo 019-2006-TR, este incumplimiento significa una infracción grave en materia laboral.