Con 96 votos a favor, 10 en contra y una abstención, el Congreso de la República aprobó este jueves la exoneración del IGV a los alimentos de primera necesidad, con la finalidad de beneficiar a las familias peruanas.
Alimentos sin IGV
A la fecha ya existen diversos productos de la canasta básica familiar que se encuentran exonerados de IGV, como los pescados y mariscos, las frutas, verduras, y menestras (frescas y refrigeradas), entre otros. Así lo señaló Jorge Carrillo, Profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School.
Nuevos productos
Esta ley no solo exonera del IGV al pollo, huevo, harina de trigo, fideos (pastas) y carnes, como inicialmente propuso el MEF, sino que se agregan más productos, como el azúcar, la leche concentrada y otras aves (pavos, patos y gansos)
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Duración
El especialista señaló que de publicarse la norma este mes de abril, la exoneración del IGV regiría, todavía, a partir del 01 de mayo hasta el 31 de diciembre del 2022, es decir, duraría 8 meses, a diferencia de la propuesta del Ejecutivo, que proponía este beneficio por 3 meses.
Se permitirá la devolución del crédito fiscal por las compras de materias primas, insumos y otros productos o servicios utilizados en el proceso productivo de los bienes exonerados, sostuvo.
Impacto
Se estima un impacto total de S/500 millones de menor recaudación por esta medida durante 2022.
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Señaló además que se debe encargar al Poder Ejecutivo conformar una Comisión Multisectorial para evaluar la reducción de costos de los alimentos en la Amazonía, tomando en cuenta que esta región ya se encuentra exonerada de IGV, y no se beneficiarían con esta ley.