La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) estableció el procedimiento para que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que hoy pagan comisión sobre remuneración decidan si migran a la comisión sobre saldo.
La decisión es voluntaria. El periodo para ejercerla irá del 14 de diciembre de 2026 al 14 de mayo de 2027.
La medida responde a la Ley N° 32123 y su reglamento, que abren una nueva oportunidad de elección para quienes, tras la reforma de 2012, optaron por quedarse en la comisión sobre remuneración.
Esta última se calcula sobre el sueldo del afiliado; la comisión sobre saldo, sobre el fondo acumulado.
El afiliado que no ejerza la opción dentro del plazo permanecerá en el esquema de comisión sobre remuneración. No hace falta ningún trámite para mantenerlo.
Las AFP deberán ayudar a comparar ambos esquemas
Para que los afiliados decidan con información, las empresas administradoras de fondos (EAF) tendrán que implementar una estrategia de comunicación y orientación.
Esta debe explicar las características de cada esquema, los efectos de la migración, los plazos, los medios para elegir y el funcionamiento del periodo de transición.
Además, las EAF deberán entregar información personalizada para comparar ambas opciones.
Esta debe proyectar las comisiones que pagaría cada afiliado, el saldo acumulado que obtendría y la suma de aportes y comisiones descontados de su remuneración, bajo cada esquema.
El fondo acumulado no pagará la nueva comisión
Migrar a la comisión sobre saldo no implica que todo el fondo del afiliado quede sujeto a ese cobro.
El dinero acumulado hasta la fecha en que la migración se haga efectiva, junto con la rentabilidad que genere, permanecerá como saldo inafecto.
Así, la comisión sobre saldo se aplicará únicamente a los nuevos aportes realizados desde la fecha en que corresponda el nuevo esquema. Esos aportes conformarán el saldo afecto.
Siete años de transición y sin vuelta atrás
La migración será progresiva. Durante siete años se aplicará una comisión mixta, que combina un componente sobre remuneración con otro sobre saldo.
El primero se reducirá poco a poco hasta llegar a cero, de modo que al terminar la transición solo regirá la comisión sobre saldo.
La SBS advirtió que el afiliado que elija migrar no podrá retornar después a la comisión sobre remuneración.
Por eso recomendó informarse a través de los canales oficiales y revisar la información personalizada que las EAF pondrán a su disposición antes de decidir.