Según se indica en la Ley N.º 25129, la Asignación Familiar es un derecho de Perú para los trabajadores de la actividad privada con contrato vigente. A continuación, te contamos todos los detalles sobre su cobro este 2022.
LEE TAMBIÉN: Link Fonavi 2022, Consulta con DNI: ¿cómo saber si soy beneficiario de la devolución del dinero?
Asignación Familiar 2022 Perú: ¿Cuál es su valor?
Este beneficio social es equivalente al 10% de la RMV, así, debido a que el monto del sueldo mínimo pasó de 930 a 1025 soles este mes de mayo, la asignación familiar subió de 93 soles a 102.50 soles.
Asignación Familiar 2022 Perú: ¿Cuáles son los requisitos para acceder a él?
Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada deberán cumplir las siguientes condiciones:
- Tener hijos menores de 18 años o que sigan estudios superiores o universitarios, con lo cual se prolonga hasta los 24 años. Para esto, deberán acreditar tener a su cargo la manutención de hijos menores de 18 años presentando ante su empleador el DNI o la partida de nacimiento de los menores de edad.
- Sus remuneraciones no deberán regularse por negociación colectiva, cualquiera que fuere su fecha de ingreso.
Asignación Familiar 2022 Perú: ¿Qué pasa si trabajo en dos empresas? ¿Cobro dos veces?
Según declaró el abogado laboralista Carlos Cadillo Ángeles a El Peruano, si un trabajador labora para más de un empleador, percibirá el beneficio por cada relación laboral existente. Además, si la madre y el padre son trabajadores de un mismo empleador, cada uno tendrá derecho a percibir la asignación, subraya. El monto que se abonará al beneficiario será independiente a la cantidad de sus hijos.
Además afirma que «el incumplimiento de pago o el pago tardío o diminuto está tipificado como infracción grave en materia de relaciones laborales, por lo que podrá ser sancionado por la Inspección del Trabajo”.
Asignación Familiar 2022 Perú: ¿Qué más debo saber sobre este beneficio?
Entre los puntos más resaltantes de esta subvención, tenemos los siguiente:
- La asignación deberá ser abonada por el empleador desde el momento en que el trabajador acredita las situaciones señaladas anteriormente.
- En caso de que el padre y la madre sean trabajadores de la misma empresa, ambos tendrán derecho a recibir el beneficio. De la misma forma, si una persona labora para más de un empleador, tendrá derecho a recibir la asignación de parte de cada uno de ellos.
- Por otro lado, para el caso de los trabajadores cuyas remuneraciones se regulen por negociación colectiva, estos podrán percibir la asignación siempre y cuando su convenio colectivo no haya previsto un concepto similar o haya establecido éste por un monto inferior al 10% de la RMV.
Dado que la ‘Asignación Familiar’ forma parte del cálculo de los beneficios sociales, dada su naturaleza remunerativa, también es susceptible de las retenciones correspondientes.
Guía sobre la asignación familiar
Puedes consultar la ‘Guía sobre la asignación familiar’, elaborada por el MTPE, en este enlace https://www.gob.pe/institucion/mtpe/informes-publicaciones/2807789-guia-sobre-la-asignacion-familiar