Desde ayer, todas las personas naturales pueden solicitar a la Sunat la devolución de hasta 12 mil 150 soles (3 UIT) del impuesto a la renta retenido en la empresa donde trabajan.
La Sunat indicó que los trabajadores en planilla e independientes podrán deducir 3 UIT adicionales si en sus declaraciones de impuesto a la renta, sustentan con facturas y recibos por honorarios electrónicos, únicamente gastos que estén bancarizados. No los que han sido pagados en efectivo, excepto si se realizaron en un distrito sin agencia bancaria o pagos por consignación judicial.
“La norma ha precisado que todos los gastos que están involucrados en la medida o en el beneficio tienen que estar necesariamente bancarizados sin importar el monto, así yo le esté pagando al médico, al odontólogo 40 u 80 soles por el servicio que me ha prestado voy a tener que necesariamente utilizar o una tarjeta de crédito o débito, o una transferencia entre cuentas, etc”, anunció Miguel Ríos, vocero de la Sunat.
Este es el trámite que debes seguir para solicitar la deducción
El proceso se realiza online en la “Plataforma de deducción de gastos de personas naturales”, habilitado por la Sunat.
Una vez en la plataforma, se necesita una clave SOL (usuario y contraseña). Para obtenerla, los trabajadores con rentas de 4ta necesitan de su RUC y su DNI. Los trabajadores con rentas de solo 5ta categoría solo requieren de su DNI, especificó Romina Mitidieri, gerente de servicios tributarios y legales de PwC Perú.
Al ingresar, deberá hacer clic a «Deducciones Adicional 3 UIT» y luego escoger el tipo de gasto al que sustentará su devolución de impuestos. Para esta fecha, la Sunat ya debe tener cargado las rentas y gastos aplicables para deducción de la persona; en caso contrario, el trabajador deberá completarlo manualmente.
Un vez que el sistema indique que hubo un cobro de impuestos en exceso, se podrá activar la solicitud de devolución, la cual se hará efectiva por la Sunat en un plazo máximo de 45 días hábiles
A continuación te mencionamos los aspectos que se toman en cuentan para descontar los impuestos.
1. Intereses de compra de la primera vivienda
Si el trabajador tiene vigente un crédito hipotecario por adquisición o construcción de primera vivienda, podrá deducir el 100% de los intereses compensatorios de los 12 meses del año. Podrá sustentarlo con el documento autorizado que emita la entidad bancaria, aunque a partir de este año es una factura electrónica.
2. Recibos de profesionales electrónicos y bancarizados
En el caso de recibo por honorarios, se debe verificar que el emisor tenga en su RUC la profesión que ejerce, puesto que se valida este dato para la devolución. Son solo 12 las profesiones deducibles.
3. Recibos médicos y dentistas
Todos los gastos médicos de cualquier especialidad, ya sea de los padres o de hijos, que se hayan realizado con recibo por honorarios, son deducibles y van a permitir la devolución del impuesto a la renta. No es necesario estar casado. Es importante la partida de nacimiento.
4. Alquileres de inmuebles
Se le deduce el pago de impuesto y por tanto, se le devuelve el 5% del Impuesto a la Renta –aparece en el Formulario 705- a todo aquel que vive en un inmueble arrendado.