El decreto supremo 008-2020-TR que modifica el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo con la finalidad de prevenir un incremento de muertes laborales fue publicada este lunes.
En esta, se estipula una nueva tabla de multas divididas en infracciones leves, graves y muy graves. Así, serán consideradas infracciones muy graves:
- No cumplir con realizar los exámenes médicos ocupacionales y/o no cumplir con realizar la vigilancia de la salud de sus trabajadores.
- No comunicar los resultados de los exámenes médicos y/o las pruebas de la vigilancia de la salud de cada trabajador.
- Obstaculizar, por acción u omisión, la investigación de un accidente de trabajo mortal a cargo del inspector del trabajo.
- No cumplir, en caso de accidente de trabajo mortal, con la orden de cierre temporal del área de una unidad económica o una unidad económica dispuesta por el inspector del trabajo, alterar el lugar en el que se produjo el accidente de trabajo mortal o proporcionar información falsa o imprecisa.
De cumplirse esos supuestos, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) impondrá una sanción de hasta S/ 677 637.
Cierre de locales
Por otra parte, la norma contempla que la Sunafil tiene la facultad de cerrar empresas o áreas donde se ponga en riesgo la vida del trabajador.
De acuerdo a lo explicado por el abogado en materia laboral Jorge Toyama a La República, la Sunafil podrá aplicar el cierre temporal o definitivo de una empresa.
Para el primer caso, se aplicará cuando en una visita inspectiva, la Sunafil detecta evidencias razonables o documentadas de que la inobservancia de las normas de seguridad y salud pudieron causar el accidente mortal.
También procede si se detecta un grave riesgo contra la seguridad y salud de los trabajadores. Asimismo, el cierre durará mientras persista el riesgo al personal y hasta que culmine toda la fase de investigación de Sunafil, la cual no debería superar los 30 días.
Por su parte, el cierre definitivo del local se determinará en función a la persistencia del riesgo, la reincidencia, el tipo de empresa, el número de infracciones y la conducta negligente del trabajador.
Dato
- Ante el cierre de un local de la empresa, los trabajadores que laboran ahí serán remunerados.