La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó en la víspera el procedimiento operativo para el retiro del 25% de fondos de las AFP, desde un monto mínimo de 4,300 hasta un máximo de 12,900 soles.
El asociado senior de Hernández & Cía, Diego Castillo, siete aspectos a considerar sobre esta norma:
- La presentación de la solicitud para el retiro podrá ser efectuados a partir del 18 de mayo, fecha en la que entra en vigencia el Reglamento Operativo de la SBS.
- En un plazo máximo de 10 días calendario siguientes a la presentación de la solicitud, se debe entregar hasta el 50% del monto requerido.
- El 50% restante se desembolsará dentro de los 30 días calendario siguientes al primer desembolso.
- Los retiros extraordinarios efectuados durante el Estado de Emergencia se deducirán del monto total a retirar.
- El afiliado mantendrá la cobertura del seguro de invalidez y sobrevivencia en la medida que cuente con las aportaciones necesarias para acceder a una pensión con cobertura del seguro (cuatro aportes en los últimos ocho meses).
- Los retiros podrán ser efectuados también por las personas que se encuentren en el extranjero, para lo cual las AFP deben establecer los protocolos correspondientes para posibilitar el retiro.
- El 25% destinado a la cobertura del primer inmueble o amortización del crédito hipotecario se determinará luego de haber deducido el retiro extraordinario.