El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) modificó el reglamento general de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
Este cambio cumple con la Ley 31207 que garantiza la velocidad mínima de conexión a internet y se adecúa al nuevo umbral de 70% fijado para la velocidad mínima garantizada en la prestación del servicio de internet.
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Umbral mínimo
La aplicación del umbral mínimo de 70% para la velocidad contratada comprenderá a todos los abonados del servicio de internet de banda ancha, fija y móvil, tanto de zonas rurales como urbanas, bajo un esquema de gradualidad del umbral.
Así, el porcentaje de la velocidad mínima garantizada alcanzará el umbral del 52% hasta el 3 de marzo del 2022 y concretará el incremento progresivo fijado en 70% hasta el 3 de diciembre del 2022.
Su ejecución comprenderá tanto a los contratos suscritos antes y después de la entrada en vigencia de la ley, sin distinción.
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