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“Los trabajadores del CAS jamás tuvieron estabilidad laboral”

Por Karla Arbulu Publicado: Últ. actualización: 28 mayo, 2020 22:26
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El Estado ha publicado los decretos de urgencia 014-2020 y 016-2020 mediante los cuales se regula la negociación colectiva entre los trabajadores del Estado y el Gobierno.

Así como la eliminación del derecho de reposición laboral a los trabajadores estatales que no hayan ingresado por concurso.

Para ello el diario Gestión conversó con Juan José Martínez, presidente de servir para que mediante una entrevista responda a las inquietudes que han despertado estos decretos de urgencia.

Por ende debido a que el sindicato de trabajadores del Poder Judicial de Lima haya dicho que se les ha quitado su derecho a la estabilidad, Martínez dijó que se tendría que hacer una análisis sobre bajo qué régimen fueron contratados estos trabajadores.

Dando como ejemplo al régimen CAS “es temporal y no cumple con los requisitos de trabajador público fijados por el TC”.

De esta manera sostuvo que los trabajadores contratados para este régimen no podrían ser repuestos si son despedidos. “Los trabajadores del CAS jamás tuvieron estabilidad laboral”, enfatizó Martínez.

Pues según como manifiesta erróneamente se ha equiparado a los trabajadores del régimen CAS con los trabajadores contratados bajo contratos temporales en el sector privado. “Este es un régimen especial, del cual no puedes derivar estabilidad”.

Además dijo que en el sector público, si el contrato se extiende más de lo que se debió extender no se genera estabilidad.

“No puedes entrar por la ventana, por favores políticos, y luego alegar estabilidad laboral pasados unos años y te quedas”, finalizó.

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Por Karla Arbulu