El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, comunicó algunas normas respecto del monitoreo y fiscalización del etiquetado de octógonos.
Estos deben estar consignados en los productos alimenticios envasados y bebidas no alcohólicas, que contengan grasas trans, o que superen los parámetros de azúcar, sodio o grasas saturadas, establecidos por el Ministerio de Salud.
Entre ellas que la ciudadanía puede realizar denuncias informativas gratuitas ante la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) del Indecopi, de cualquiera de las 26 oficinas a nivel nacional.
Estas tendrán que consignar las pruebas o indicios de las infracciones que pudiera encontrar en el marco de la Ley de Promoción de Alimentación Saludable para Niños, Niñas y Adolescentes (Ley Nº30021).
Así como en el Manual de Advertencias Publicitarias.
De esta manera sostuvieron que las denuncias informativas que realice la ciudadanía contribuyen a la labor que ya desarrolla el Indecopi desde su área resolutiva, a través de la CCD-
Además de su área administrativa, a través de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización.
En ese contexto, desde junio de 2019, en el que entró en vigencia el Manual de Advertencias Publicitarias, se realizaron 43 investigaciones preliminares de oficio.
Es decir, por iniciativa de la autoridad, de las cuales 5 han iniciado procedimientos administrativos sancionadores.
Otras 16 siguen en evaluación y 22 fueron archivadas, debido a que no se encontró infracción alguna.
Cabe precisar que cada investigación puede abarcar varios productos.