A los empleados de las empresas del régimen laboral privado con más de 20 trabajadores les corresponde recibir utilidades.
Las empresas privadas que generan rentas de tercera categoría y que cuentan con más de 20 trabajadores en planilla, deberán repartir sus utilidades con sus colaboradores. Estas utilidades son un porcentaje de la renta neta obtenida por la empresa como resultado de su gestión empresarial, es decir, las ganancias de la entidad privada que se reparten entre los trabajadores, generalmente, entre marzo y abril.
Ana Cecilia Torres, coordinadora de Capacitación y Difusión Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), explicó cuáles son las fechas límites para que la empresa deposite utilidades a los trabajadores inscritos en planilla.
«El empleador tiene la obligación de pagar las utilidades a sus trabajadores hasta 30 días después del día siguiente de haber declarado su impuesto a la renta anual, según el cronograma de vencimientos – renta anual 2017 de la Sunat. La fecha para hacer la declaración dependerá del último dígito del RUC de la empresa», comentó.
Sin embargo, aclaró que la mayoría de empresas adelanta la fecha. Esto puede darse siempre y cuando realice la declaración de impuestos de renta antes de la fecha de vencimiento que concreta la Sunat.
«Si la empresa lo hace antes entonces se le pagará antes al trabajador; posiblemente a partir de la segunda semana de marzo. En todo caso, de acuerdo al número de RUC las empresas pueden declarar hasta abril, por lo que algunas empresas podrían pagar utilidades hasta mayo», precisó la especialista.
¿Cómo se calculan las utilidades que se depositarán?
El monto de la utilidad se calcula en función a dos pautas: un 50% en función al número de días laborados efectivamente por el trabajador y otro 50% en función a la remuneración percibida por el trabajador en el año. Por esto, el monto que recibe cada trabajador de una misma empresa varía.
Multas
Si el empleador no cumple con hacer el depósito de las utilidades en las fechas determinadas, puede ser denunciado ante la Sunafil y recibir una multa de hasta 202 mil 500 soles o 50 UIT. Además, vencidos los plazos, se generan intereses a favor del trabajador.
No obstante, los practicantes, los que emiten recibos por honorarios y los trabajadores de las microempresas no tienen derecho a recibir utilidades.
Cronograma de vencimientos de Renta Anual 2017