Actulamente hay dos leyes que son impulsadas por el Congreso de la República, las cuales han sido bien recibidas por la población peruana, sin embargo, el Ejecutivo está poniendo trabas para que no se publiquen de manera oficial.
Hace un mes, a inicios de abril, el pleno del Congreso aprobó la iniciativa legislativa que buscaba nuevamente que el bachillerato universitario sea de forma automático, como era antes de la reforma universitaria que se realizó en el 2014.
Ante esta situación, el Parlamento envió la autógrafa de la ley al Poder Ejecutivo para su promulgación y publicación, pero eso no sucedió.
El Ejecutivo, liderado por la presidenta Dina Boluarte, observó la medida y con ello la iniciativa retornó a manos del Lesgislativo, que deberá definir si insiste, modifica o archiva la iniciativa.
La misma situación ocurre con la ley que prohíbe las llamadas y mensajes de texto spam no autorizados, la cual se aprobó hace dos meses por el Congreso.
Esta establece que solo podrían enviar información los call centers que e contacten directamente con el proveedor y soliciten, dando su consentimiento «informado, expreso e inequívoco».
«Solo en este caso, los proveedores podrán utlizar aquellos números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que hayan brindado (…) su consentimiento para la utilización de esta práctica comercial», dice la iniciativa legislativa.
Posición del Ejecutivo
En relación a la primera ley, la postura del Ejecutivo se fundamenta en que eliminar el requisito de presentar un trabajo de investigación para obtener el título de bachiller contradice los objetivos establecidos en el artículo 18 de la Constitución Política del Perú, los cuales buscan promover el cumplimiento de los fines de la educación universitaria.
Además, otro punto que sostiene el Ejecutivo es que el trabajo de investigación del estudiante no cumpla con los requisitos del RENATI, el repositorio digital a nivel nacional e internacional que alberga las síntesis de las investigaciones (tesis, trabajos de suficiencia profesional y trabajos académicos).
“Añadir un curso de trabajo de investigación, que pertenece a la malla curricular del programa de estudio, no garantiza que se exija a los estudiantes la elaboración de un producto académico conforme a los requisitos de fondo y forma establecidos por el RENATI”, sostiene la respuesta del Ejecutivo.
Por otro lado, con relación con la segunda ley, el Ejecutivo sostiene que la disposición de que los proveedores solo puedan enviar información y publicidad cuando los consumidores se contacten directamente con ellos limita las libertades económicas reconocidas constitucionalmente en los artículos 58 en delante de la Carta Magna.