La Superintencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) comunicó que la devolución de impuestos a los trabajadores (rentas de 4ta y/o 5ta categoría) iniciará el 8 de abril, pero algunos pagos podrían extenderse hasta el mes de junio, así lo informó elgerente de Orientación y Servicios de la Sunat, Carlos Chirinos.
En las situaciones en que Sunat supere el plazo establecido por la ley, deberá pagar intereses diarios por esta demora. Está situación ocurrió el año pasado, generando el malestar de los contribuyentes.
Asimismo, para el caso de las devoluciones de Impuesto a la Renta en base a solicitudes realizadas a Sunat -tras la Declaración Anual de Impuesto a la Renta- el entre tributario contará con 45 días hábiles para concretar estos pagos.
DATO:
– Vale recordar que Ley N° 30734 establece que para el ejercicio gravable 2018, la devolución de oficio se efectuará a partir del 1 de abril del 2019, dentro de un plazo no mayor de 30 días hábiles.