Ayer, 1 de setiembre de 2020, entró en vigencia la Ley N° 31332, donde indica que a los 50 años es la edad mínima, tanto para varones y para mujeres que estén afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones puedan acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA)
Régimen Especial de Jubilación Anticipada: ¿Cuáles son los requisitos?
- El beneficiario debe tener 50 años como edad mínima.
- El afiliado de 50 años debe dar la disposición siempre y cuando obtenga una pensión igual o más del 40% dentro de sus remuneraciones y rentas en los últimos 120 meses.
- Dentro del cálculo de la pensión no se toma en cuenta los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20% de la cuenta individual.
- La jubilación anticipada da el derecho a la redención del Bono de Reconocimiento a los dos años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla los 65 años de edad.
- Dentro de la jubilación anticipada se puede acceder a una pensión, lo que refiere al retiro del 95.5% del total del fondo de pensión, asimismo, el 4.5% restante quedará para la cobertura de prestaciones de salud ofrecido por el Seguro Social de Salud (EsSalud).
Régimen Especial de Jubilación Anticipada: ¿A quién llamar y cómo solicitar la jubilación anticipada?
En primer lugar se debe validar tu situación en la AFP en la que perteneces, para saber si calificas a la jubilación anticipada, por ello para cualquier duda o informes comunicarse con los siguientes contactos:
- Para AFP Hábitat: Llamar a 230-2200 (Lima) o 0801-14224 (provincias).
- Para Prima AFP: Llamar al 615-7272 – opción 1 (Lima) o 0801-18010 (provincias).
- Para AFP Integra: Llamar 513-5050 (Lima) o 0800-40110 (provincias).
- Para Profuturo: Llamar a 215-2828 (Lima) o 0800-11434 (provincias).