SUNAT anunció una extensión en el plazo para que los contribuyentes que deben utilizar el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para generar sus registros de compras y ventas electrónicos a partir de abril de 2024 puedan ajustarse a esta nueva herramienta.
La Resolución de Superintendencia N° 000063-2024/SUNAT, emitida el fin de semana pasado, establece que la obligación de utilizar el SIRE para este grupo de contribuyentes comenzará a partir del periodo de agosto de 2024 (declarado en setiembre).
¿Qué es el SIRE?
Con esta herramienta en línea, SUNAT podrá hacer un registro de las compras y ventas de los contribuyentes utilizando la información que ellos den.
Después, el usuario revisará y confirmará o corregirá este registro. El objetivo es garantizar que se cumplan correctamente las obligaciones tributarias.
SUNAT estableció la implementación del SIRE en dos etapas. La primera fase inició en octubre del año pasado e involucró a todos los contribuyentes del Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) o del Régimen MYPE Tributario, que hasta el 30 de septiembre de 2023 estuvieron requeridos a utilizar el Sistema de Libros Electrónicos (PLE) o el Portal.