Sunat ya no puede cobrar intereses moratorios a los contribuyentes si este se generó por retraso de la misma entidad o del tribunal judicial. Así lo estableció el nuevo precedente vinculante del Tribunal constitucional (TC).
TC falló a partir del aumento de 69% que tuvo una deuda total ante la Sunat de S/143,389 a S/242,929. El cuál fue calificado como «constitucionalmente inaceptable» por la entidad.
Sentencia del beneficiaría a grandes empresas
Según expertos la sentencia no solo afectaría demandas en curso, sino que podría abrir casos en donde al contribuyente no se le dio la razón.
Y es que casi el 60% de las deudas exigibles ante la Sunat corresponden a intereses moratorios. Y esta no sería la primera vez que el TC falla en contra de Sunat.
En el 2021, el Tribunal Constitucional, redujo en 729 millones de soles la deuda de Telefónica con la entidad tributaria. De mantenerse la nueva disposición del TC, empresas como Scontiabank que pagó una deuda por S/482 millones por conceptos de intereses moratorios podría reabrir su caso para exigir una devolución de la Sunat.
Esto también podría pasar con empresas como Latam y Buenaventura. Lo que para Walter Villanueva, socio del estudio PPU, podría demostrar «un nivel de arbitrariedad en el sistema peruano que no puede ser permitido».