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Sunat permite la deducción ilimitada de gastos en autos eléctricos: ¿Cómo afecta a las empresas?

Los vehículos eléctricos asignados a directivos y representantes de empresas pueden deducirse sin límite en cuanto a cantidad o valor.
Por Daniel Flores
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Deducción de autos eléctricos

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) emitió un reciente informe aclarando los límites aplicables a la deducción de gastos en vehículos eléctricos destinados a actividades de dirección, representación y administración. Según esta normativa, los autos eléctricos no están sujetos a las regulaciones de la Ley del Impuesto a la Renta, lo que significa que las empresas pueden deducir los gastos asociados sin restricciones de cantidad.

¿Cómo afecta a las empresas?

El socio de Zuzunaga y Assereto, Juan José Assereto Bossio, explicó a Gestión que tradicionalmente los gastos de vehículos utilizados por empresas son deducibles bajo el concepto de causalidad, siempre que el uso del vehículo esté relacionado con las actividades empresariales.

Sin embargo, la Sunat observó que muchas empresas, especialmente las familiares, utilizaban esta deducción para vehículos personales, lo que llevó a la imposición de límites.

El nuevo informe de Sunat establece que los vehículos eléctricos asignados a directivos y representantes de empresas pueden deducirse sin límite en cuanto a cantidad o valor. Esto representa una gran ventaja frente a los vehículos de motor térmico (gasolina o diésel). Que sí tienen restricciones basadas en la facturación de la empresa y la cilindrada del motor.

Nueva normativa

La normativa actual especifica que, dependiendo de la facturación de la empresa, se puede deducir el gasto de un número determinado de vehículos a gasolina.

Por ejemplo, una empresa que factura S/ 3,2 millones puede deducir un vehículo; si factura S/ 6,4 millones, dos vehículos, y así sucesivamente. Estas categorías se basan en la cilindrada de los vehículos, pero las camionetas eléctricas están sujetas a los mismos límites que las camionetas de motor térmico. Ello debido a los parámetros de tracción y peso.

Consecuencias de la deducción

La falta de previsión para los vehículos eléctricos crea un escenario que no cumple con el propósito original de la norma. En la que se requiere evitar el uso personal de vehículos de la empresa sin limitaciones.

Por su parte, el socio del Estudio Olaechea, Michael Morales, indicó que las compañías con vehículos eléctricos podrán justificar por qué no les resultan aplicables estos límites. Lo cual incentivaría la adquisición de estos vehículos para actividades directivas.

Asimismo, la Directora de Consultoría Tributaria y Aduanera en PwC, Katarzyna Dunin Borkowski, señaló que la compra de vehículos eléctricos podría aumentar debido a esta ventaja fiscal. Sin embargo, enfatizó que la Sunat no requiere una nueva ley para incluir estos vehículos en la normativa. Ya que es una cuestión de interpretación del reglamento.

¿Y los vehículos híbridos?

Es muy apresurado meter en un mismo saco a los vehículos híbridos, los cuales combinan motores eléctricos y de combustión. La inclusión de estos vehículos en la normativa dependerá de las características específicas del motor térmico, en particular su cilindrada.

Finalmente, según el reporte de la Asociación Automotriz del Perú (AAP), la venta de vehículos eléctricos alcanzó un récord de 1,433 unidades en el primer trimestre del año. Este nuevo monto superó en 50.4% lo vendido en el mismo período de 2023. La AAP destacó que, aunque el aumento es positivo, la velocidad del crecimiento podría ser mayor.