En el contexto del Covid-19, la bancada Perú Libre ha propuesto un proyecto de ley que busca autorizar que los trabajadores puedan retirar libremente el 100% de los depósitos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). A continuación, en esta nota te contamos todo lo que se sabe hasta el momento respecto al Retiro CTS 2022 Libre Disponibilidad.
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Retiro CTS 2022 Libre Disponibilidad: ¿Cómo saber mi estado de cuenta con mi DNI?
Para conocer si dispones del dinero de la CTS puedes revisar — vía telefónica o a través de un dispositivo móvil — en el banco donde la empresa en que trabajas te paga el sueldo por tus servicios. Solo el personal en planilla tiene acceso a este beneficio.
A continuación, los números de contacto y canales digitales mediante los cuales podrás pedir información:
- BBVA: accede a la banca por internet. Puedes comunicarte al número de atención al cliente: (01) 595-0000.
- BCP: consulta a través de Vía BCP o en sus agencias a nivel nacional. Comunícate a la banca por teléfono: (01) 311-9898.
- Interbank: consulta a través del app Interbank.
- Banco Ripley: solicita información a través de sus canales digitales, en sus agencias a nivel nacional o llama a la línea: (01) 611-5757.
- Caja Huancayo: puedes pedir información a través de la aplicación móvil o la web de Caja Huancayo, así como cajeros GlobalNet o contactar al número: 0800-10064 o al (64)481000.
- Caja Arequipa: realiza tus consultas a través de su banca por internet y de la app Caja Arequipa Móvil.
- Caja Trujillo: podrás consultar tu saldo en la web y en la app Caja Trujillo Móvil.
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Retiro CTS 2022 Libre Disponibilidad: ¿Cuánto podré desembolsar de mi CTS?
De acuerdo al documento presentado en el Congreso, será todo lo que los trabajadores tengan acumulados a la fecha de la presente disposición.
Retiro CTS 2022 Libre Disponibilidad: ¿En qué fecha podré hacerlo?
Aún no existe un LINK oficial, pero de aprobarse esta propuesta saldrá uno. En tanto, en la propuesta legislativa tampoco se explica sobre un posible cronograma y menos fechas de pago.
¿De qué manera se realizará la entrega del dinero?
Lo único que explica el documento es que «el Poder Ejecutivo dicta las disposiciones reglamentarias necesarias, en el plazo máximo de diez días calendario desde la entrada de vigencia de la presente ley».
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