El Gobierno de Pedro Castillo lleva a cabo la entrega del Bono Orfandad, un subsidio de S/200 que se entrega cada dos meses a los menores de edad que perdieron a sus padres a causa de la pandemia por la Covid-19. Consulta aquí con DNI cómo acceder al primer Bono Orfandad 2022 para el sector público.
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Primer Bono Orfandad 2022 para el Sector Público: ¿Cuál es el objetivo de este subsidio?
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— Infomercado (@infomercadoperu) February 17, 2022
Primer Bono Orfandad 2022 para el Sector Público: ¿Cómo acceder a este beneficio?
Esta asistencia podrá ser solicitada para tantos menores de edad como tenga la familia, sin embargo, cada formulario virtual solo permite incluir a dos. Para añadir más beneficiarios, se deberá llenar uno nuevo con la información y documentación requerida.
Para solicitar la asistencia VÍA WEB: INGRESA AQUÍ
Para solicitar la asistencia de manera presencial:
Acércate al Inabif con el expediente completo y copia de la documentación, dirígete a Mesa de Partes en la sede central del Inabif, Av. San Martín 685. Pueblo Libre, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.
También, puedes realizar este trámite o solicitar información en todas las dependencias del MIMP.
¿Qué requisitos necesito cumplir?
Para poder acceder a este subsidio económico los niños, niñas y adolescentes que lo soliciten deberán cumplir con lo siguiente:
- Los menores no deben percibir pensión o subvención pública en la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador en Liquidación, la Oficina de Normalización Previsional (ONP), el Programa Aurora, la Caja de Pensiones Militar Policial u otros similares.
- Tampoco deben vivir en algún centro de acogida residencial (CAR) público o privado, ni percibir pensión por el programa Contigo, del Midis, o cualquier otro subsidio del Estado.
- DNI, pasaporte o documento de extranjería de: la persona solicitante; el niño, niña o adolescente; y la persona fallecida.
- Número de celular y correo electrónico de la persona solicitante.
- Acta de nacimiento o certificado de nacido vivo, o resolución judicial que declara la adopción.
- Además, solo si tienes su tutela:
- Resolución judicial, testamento o escritura pública de la tenencia o tutela.
- Resolución administrativa o judicial de acogimiento familiar.
Si lo haces de modo presencial, debes llevar también: Formato de Solicitud para el Otorgamiento de Asistencia Económica y Declaración Jurada.