Cada vez se encuentra más cerca el pago de las Utilidades Obligatorias 2022, dirigido a los trabajadores del sector privado. Si eres parte de este grupo de empleados, a continuación te damos a conocer todos los requisitos con los que debes cumplir para poder acceder a este beneficio.
También te puede interesar: Euphoria Temporada 2: ver nuevo capítulo gratis online por Internet
Este 2022, el reparto de Utilidades se realizará 30 días después de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta por parte de la compañía hacia la Sunat, cuya fecha límite es a partir del 25 de marzo hasta el 8 de abril de este año.
Pago de Utilidades 2022 Perú, Link de Consulta con DNI: ¿cuánto se podrá cobrar?
La cantidad de dinero que recibirán los beneficiarios dependerá del sector en el que trabajaron el año previo. Los porcentajes para las empresas de cada rubro son los siguientes:
- Empresas pesqueras: 10%
- Empresas de telecomunicaciones: 10%
- Empresas industriales: 10%
- Empresas mineras: 8%
- Comercio y restaurantes: 8%
- Otras actividades: 5%
Además, el monto de las Utilidades para este 2022 será determinado por el 50% del beneficio, que se calcula según los días de trabajo durante el 2021, sin considerar sueldo o cargo en la empresa. El otro 50% del cálculo de las Utilidades se determina con el salario recibido del año 2021. Luego, se divide la cantidad de dinero a repartir entre la suma del salario del total de empleados y el resultado se multiplica por el dinero generado en el año.
Pago de Utilidades 2022 Perú, Link de Consulta con DNI: ¿quiénes pueden cobrar?
En primer lugar, conviene que estés completamente seguro de que te corresponda el Pago de Utilidades de este año. Los beneficiarios son todos aquellos trabajadores que se encuentran en planilla y que entregaron sus servicios durante el año anterior en empresas del sector privado. Se incluye a quienes tienen un contrato temporal y a quienes trabajan medio tiempo. Por su parte, aquellos que trabajaron bajo el régimen de 4ta categoría por recibos por honorarios o los practicantes, no podrán acceder de este beneficio laboral.
Además, es importante aclarar que se excluye de este pago a las compañías en el Perú con menos de 20 trabajadores, así como las cooperativas, empresas autogestionarias y las sociedades civiles.
VIDEO RECOMENDADO