El Organismo Supervisor de Inversiones Privadas en Telecomunicaciones (Osiptel) redujo la multa impuesta a Telefónica del Perú, empresa que opera bajo la marca Movistar, tras declarar fundada «en parte» su recurso de apelación. La sanción inicial, equivalente a S/1,268,960, quedó reducida a S/772,500.
El Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) de Osiptel multó a Telefónica del Perú el 24 de abril de 2024. La multa se debió al incumplimiento de 451 resoluciones emitidas en procedimientos de reclamos entre julio y diciembre de 2022. La sanción inicial equivalía a 246,40 unidades impositivas tributarias (UIT).
Multa a Telefónica: Argumentos
La empresa argumentó que había realizado gestiones suficientes para cumplir con las resoluciones emitidas, aunque estas no fueron valoradas adecuadamente en primera instancia. Sin embargo, Osiptel afirmó que la empresa no especificó en qué casos la evaluación del TRASU era incorrecta ni brindó razones concretas.
La empresa solo discrepó de manera genérica de la valoración realizada por el tribunal, sin aportar pruebas de cumplimiento en los casos imputados.
Por su parte, Osiptel señaló que Telefónica no acreditó el cese de la conducta infractora en todas las resoluciones imputadas. Para acogerse a un eximente o atenuante de responsabilidad, la empresa debía demostrar el cese de la infracción, no solo afirmarlo.
El tribunal de Osiptel también consideró una carta de la Secretaría Técnica del TRASU de septiembre de 2023, que precisaba que la posible sanción se situaría en un rango máximo de 150 UIT, lo cual equivale a una infracción grave según la escala de multas. Por esa razón, aunque inicialmente se impuso una multa mayor, se decidió reducirla a 150 UIT para alinearse con los parámetros establecidos y no agravar la situación de Telefónica.