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Bono Renta Joven de 500 soles: ¿cómo acceder al subsidio?

Conoce aquí cómo postular y cuáles son los requisitos que debes cumplir para poder hacerlo.
Por Jennifer Morote Publicado: Últ. actualización: 20 julio, 2022 15:10
4 minutos
Bono Renta Joven 2022

En el Perú, el Estado ofrece un bono de 500 soles mensuales a jóvenes que necesitan arrendar una vivienda, pero que no cuentan con suficiente dinero. Si quieres conocer a detalle esta subvención y si ya existe un link oficial de consulta para verificarlo, esta nota es de tu interés.

Bono Renta Joven de 500 soles: ¿Con qué requisitos debo cumplir?

Para poder acceder a este subsidio, los jóvenes entre 18 y 40 años deben cumplir con ciertas condiciones. Conócelas a continuación:

  • Conformar un grupo familiar (GF) o un grupo de no dependientes (GND), representado cada uno por una jefatura.
  • El GF o GND deberá estar integrado por al menos dos personas que vivan juntas, con parentesco de primero, segundo grado de consanguinidad o por una pareja casada o de convivientes sin impedimento para casarse.
  • El ingreso mensual de la jefatura no debe superar los S/ 3,538.00.
  • Ningún miembro del GF debe ser propietario o copropietario ni de un terreno, ni de una vivienda o sus aires independizados.
  • Tampoco debe haber recibido antes, o estar postulando para recibir, apoyo habitacional por parte del Estado como: FONAVI, ENACE, FMV S.A. y BANMAT.
  • No deberán estar incluidos en el Registro de Deudores Judiciales Morosos (REDJUM).

Además, la vivienda que se desea alquilar debe cumplir con las características mínimas que exige el programa:

  • Alquiler mensual entre S/ 750.00 y S/ 1,560.00
  • Servicios básicos de agua, desagüe y electricidad
  • Ambiente multiuso, zona de dormitorio y baño con puerta, lavatorio, ducha e inodoro.
  • Conformidad de obra y declaratoria de edificación del municipio a cuyo distrito pertenece la vivienda.

Bono Renta Joven de 500 soles: ¿Cómo postular?

Para acceder al bono sigue estos ocho pasos:

  1. Espera la convocatoria. Esta se publicará a través de una resolución ministerial por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) en El Peruano, o a través de la página oficial del Fondo Mivivienda.
  2. Acércate al local del MVCS de las ciudades participantes. Dependiendo de las ciudades incluidas en la convocatoria, acércate a la Vitrina Inmobiliaria (Lima), en Jr. Camaná 199, Cercado, o en los Centros de Atención al Ciudadano (CAC) de la respectiva localidad.
  3. Completa la ficha. En el local de la Vitrina Inmobiliaria, solicita y completa un formulario para GF o GND, con los datos de los integrantes de tu grupo. No es necesario presentar documentos adicionales, pues el Fondo Mivivienda hará la corroboración respectiva.
  4. Revisa si tu grupo fue seleccionado. Para ello, ingresa al buscador de beneficiados del Bono Renta Joven o llama al 0800 12200 para conocer si el programa seleccionó a tu GF o GND.
  5. Evalúa las condiciones del inmueble (si accediste al bono). Luego, elabora en acuerdo con el propietario del inmueble las condiciones del alquiler, conforme al Formato Único de Arrendamiento (FUA), indicado en la web del Fondo Mivivienda.
  6. Suscribe un contrato de arrendamiento y fírmalo en una notaría o juzgado de paz letrado autorizado
  7. Deposita el alquiler mensual menos el bono para alquiler. El Fondo enviará a tu correo y al del arrendatario un cronograma mensual de pagos y un nº de cuenta corriente del Banco de la Nación. En ella, deberás abonar el monto pactado menos los S/ 350.00 que te otorga el Bono Renta Joven exclusivamente para el alquiler. 

Bono Renta Joven de 500 soles: ¿Cómo se distribuyen los S/500?

El beneficio tiene un valor de S/500 y se divide en 2 partes: Un 70% para ayudar a pagar el alquiler del inmueble actual en el que viven los jóvenes y un 30% destinado al ahorro para el futuro pago de la inicial de una vivienda en Techo Propio o Mivivienda.

¿Qué diferencia hay entre un GF y un GND?

Un GF está integrado por al menos dos personas que viven juntas, con parentesco de hasta segundo grado de consanguinidad (abuelos, hermanos, nietos) o primero de afinidad (suegros, yernos, nueras), o por una pareja casada o de convivientes sin impedimento para casarse. Y, en el caso del GND, este está conformado por dos integrantes, como mínimo,  sin dependencia económica o carga familiar mutua. No importa si tienen parentesco consanguíneo.