El último 30 de junio, el Ministerio de Salud (Minsa) anunció que ahora los productos con altos contenido de azúcar, sodio, grasas trans y saturaradas tendrán sus octógonos adhesivos. Ello se debe al fallo del pasado abril cuando Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) emitió esta orden para que la advertencia sea impresa o pegada a discresión.
De esta manera, ahora las empresas importadoras y micro y pequeña empresas (Mypes) tendrán que «cumplir estrictamente» con las características que deben tener los stickers.
El Minsa sostiene que es cambio es producto de recientes resoluciones del Indecopi, cuya Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) definió como ‘barrera comercial arancelaria’ la prohibición o no adopción de adhesivos para productos importados.
Sin embargo, esta decisión no fue bien recibida por la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) que, mediante de sus redes sociales, deploró la decisión del Ejecutivo. El gremio sostiene que la cartera no se está preocupando por la salud de los peruanos.
Batalla legal desde el 2018
El Manual de Advertencia Publicitarias (MAT) hizo modificaciones en la normativa desde su emisión en el 2018. Indicaba que se permitía el uso de adhesivos con las adventencias publicitarias por el plazo de un año, de esta forma las empresas podían tomar este tiempo para ponerse al día.
No obstante, este plazo se amplió 4 veces. La primera ocurrió en el 2020, la segunda en el 2021 y en el 2022 se modificó dos veces. Así la última finalizó el viernes 30 de junio y, por la disposición del Munsa, ya no serán necesarias otras.