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LINK Bono Orfandad 2022 vía INABIF: Consulta con tu DNI si accedes al subsidio

En esta nota te contamos todo lo relacionado al Bono Orfandad de S/200. Conoce los requisitos y cómo acceder a este beneficio del INABIF.
Por Infomercado
3 minutos
Bono Juntos 200 soles Perú 2022

Los menores de edad que perdieron a sus padres a causa de la Covid-19 reciben un subsidio de S/200 cada dos meses por parte del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (INABIF). Consulta en el link con tu DNI si accedes al Bono Orfandad 2022 vía INABIF.

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LINK Bono Orfandad 2022 vía INABIF: ¿Cómo inscribirme?

Esta asistencia podrá ser solicitada para tantos menores de edad como tenga la familia, sin embargo, cada formulario virtual solo permite incluir a dos. Para añadir más beneficiarios, se deberá llenar uno nuevo con la información y documentación requerida.

Para solicitar la asistencia VÍA WEB: INGRESA AQUÍ

Para solicitar la asistencia de manera presencial: 

Acércate al Inabif con el expediente completo y copia de la documentación, dirígete a Mesa de Partes en la sede central del Inabif, Av. San Martín 685. Pueblo Libre, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.

También, puedes realizar este trámite o solicitar información en todas las dependencias del MIMP.

LINK Bono Orfandad 2022 vía INABIF: ¿Cuál es el objetivo de este subsidio?

El Perú es el país con más huérfanos a causa de la Covid-19, en donde aproximadamente 98 mil niños han perdido a uno de sus padres o ambos.

Por ello, el principal objetivo de este beneficio es llegar a 80 mil familias en situación de pobreza o vulnerabilidad frente a la pandemia.

El beneficio es otorgado por el Inabif con la finalidad de ser utilizado para la alimentación, educación, salud física y mental u otras necesidades relativas al desarrollo integral de estos niños, niñas o adolescentes.

Además, a este beneficio se le suma el acompañamiento psicológico y educativo.

¿Qué requisitos necesito cumplir?

Para poder acceder a este subsidio económico los niños, niñas y adolescentes que lo soliciten deberán cumplir con lo siguiente:

  • Los menores no deben percibir pensión o subvención pública en la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador en Liquidación, la Oficina de Normalización Previsional (ONP), el Programa Aurora, la Caja de Pensiones Militar Policial u otros similares.
  • Tampoco deben vivir en algún centro de acogida residencial (CAR) público o privado, ni percibir pensión por el programa Contigo, del Midis, o cualquier otro subsidio del Estado.
Además, se necesita la siguiente información:
  • DNI, pasaporte o documento de extranjería de: la persona solicitante; el niño, niña o adolescente; y la persona fallecida.
  • Número de celular y correo electrónico de la persona solicitante.
  • Acta de nacimiento o certificado de nacido vivo, o resolución judicial que declara la adopción.
  • Además, solo si tienes su tutela:
    • Resolución judicial, testamento o escritura pública de la tenencia o tutela.
    • Resolución administrativa o judicial de acogimiento familiar.

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