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Bono Navidad S/300 soles LINK vía MEF Perú 2021: ¿Cómo consultar quiénes son los beneficiarios del Aguinaldo por Diciembre?

Consulta aquí todos los detalles del Bono Navidad de 300 soles que se entregará el Sector Público por la fiestas de fin de año
Por Infomercado
2 minutos
Bono 300 soles 2022

Un nuevo bono será cobrado en diciembre por el sector público y no se trata del de 210 soles. Se trata del Bono Navidad o Aguinaldo de Diciembre que se entrega a los trabajadores del Estado. Conoce aquí más detalles

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Bono 300 por Navidad Perú 2021: LINK del Decreto Supremo

El Decreto Supremo N° 358-2021-EF precisa que este subsidio tiene como objetivo promover la dinamización de las inversiones en el marco de la reactivación económica y la ejecución del gasto público.

Cabe precisar que el bono 300 soles por Navidad se abonarán, por única vez, en la planilla de pagos del mes de diciembre de 2021.

Bono 300 por Navidad: a quiénes se otorga

El aguinaldo navideño 2021 se otorga a favor de:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley N° 29944 y Ley N° 30512.
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220.
  • Personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.

Bono 300 Navidad: requisitos indicados

La Norma establece que los beneficiarios de los 300 soles por Navidad deben cumplir de manera conjunta con las siguientes condiciones:

a) Haber estado laborando al 30 de noviembre del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres (03) meses al 30 de noviembre del presente año. Si no contara con el referido tiempo de tres (03) meses, dicho concepto se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

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