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Impulso Perú: IGV podría ser recuperado por inversiones a partir de US$ 2 millones

A principios de diciembre, el Poder Ejecutivo envió al Congreso una propuesta que plantea reducir el umbral mínimo para aplicar a este beneficio a inversiones desde US$ 2 millones. Actualmente el monto mínimo requerido es de US$ 5 millones de inversión y se aplica a todos los sectores de la economía.
Por Juan Ricardo Fong Renteria
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IGV

Entre las nuevas medidas del plan Impulso Perú, figura una disposición de otorgar más beneficios tributarios a las empresas, como una forma de fomentar la inversión privada.

Esta medida es la modificación del Régimen de Recuperación anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), que otorga alivio financiero a las empresas en su etapa preoperativa.

A principios de diciembre, el Poder Ejecutivo envió al Congreso una propuesta que plantea reducir el umbral mínimo para aplicar a este beneficio a inversiones desde US$ 2 millones. Actualmente el monto mínimo requerido es de US$ 5 millones de inversión y se aplica a todos los sectores de la economía.

A través de la extensión del beneficio, las empresas podría recuperar de manera anticipada parte del impuesto pagado durante la parte de construcción o previa a la operación en las que no se generan ingresos ni utilidades.

Para poder aplicar a este beneficio tributario es necesario hacer una solicitud al ministerio que sea rector de la actividad que se realiza y tras ello se debe contar con la resolución ministerial del sector competente.

Luego, el sector será quien apruebe a las personas naturales o jurídicas que califiquen como beneficiarias del régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción comprendidos en el mismo.

Datos

De acuerdo al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), desde la vigencia de esta norma hasta el 2021, se han acogido a este beneficio tributario 2017 proyectos de inversión por un monto aproximado de US$ 53000 millones.

Por último, según los cálculos del MEF, la aplicación de esta medida implicaría un costo fiscal potencial de S/ 5 millones por año.