El Gobierno decretó el 31 de octubre como día no laborable en el sector público. Así, crea un puente desde el 29 hasta el 1 de noviembre, siendo así un total de cuatro días que tendrán los trabajadores del sector público y algunos del privado para disfrutar. Sin embargo, hay personas que trabajarán en el feriado del Día de Todos los Santos. Descubre aquí cuanto debes percibir si trabajas esa fecha.
¿Cuánto deben pagarme si trabajo el 1 de noviembre?
De acuerdo con el Decreto Legislativo 713, los trabajadores que laboren en esta fecha deberán recibir un un pago triple. Ten en cuenta estos conceptos, en los cuales se traduce tu salario triple:
- Una remuneración por el feriado: monto incluido en el salario que percibes normalmente.
- Una segunda remuneración por la labor efectuada: pago adicional por jornada realizada.
- Una tercera remuneración por trabajar en feriado: por haber trabajado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior.
En tanto, para quienes trabajen en los días no laborables no les corresponde una remuneración adicional, tal y como sí ocurre con los feriados.
¿Cuánto me pagarán si tengo descanso sustitutorio ese día?
Si laboraste en feriado, pero en lugar de un pago deseas tener un día libre, puedes optar por pedir un descanso sustitutorio por ese día trabajado
Es decir, si trabajas en esa fecha puedes pedir un descanso otro día sin ningún pago adicional. En este caso,recibirás tu remuneración mensual en forma ordinaria.