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Estas son las disposiciones finales de Indecopi sobre Cinemark y Cineplanet

Indecopi resolvió fallo acerca de los alimentos en los cines y dispuso que Cineplanet tenga hasta el 16 de marzo mientras que Cinemark hasta el 20 para cumplir con lo ordenado.
Por Roxana Vásquez Publicado: Últ. actualización: 28 mayo, 2020 01:30
3 minutos

La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Tribunal del Indecopi reanudó la medida de protección de la libre elección del consumidor de los cines.

SPC resolvió que ambas cadenas de cine peruanas podrán permitir el ingreso de productos iguales y/o similares que los que ofrecen en sus establecimientos salvo en sus salas Prime dado que su formato de negocio es distinto a las salas de cine regulares.

Liliana Cerrón, secretaria Técnica de la SPC del Tribunal del Indecopi, indicó que Cineplanet tiene hasta el día 16 de marzo de 2018 para cumplir con lo ordenado por el Indecopi, y Cinemark hasta el 20 de marzo del presente año.

Puntos aclarados a los cines por la SPC:

► No fijación de precios. La decisión de la SPC no prohíbe que los cines sigan vendiendo “snacks” y tampoco controla los términos y condiciones comerciales que consideren más adecuados.

►Ingreso de alimentos de iguales características. Los consumidores pueden ingresar a las salas de cine con los mismos alimentos y bebidas que se venden en las confiterías de ambas cadenas.

Por ejemplo, los consumidores podrán ingresasr con cancha salada, cancha dulce, gaseosas, sánguches de hot dog o helados de locales exteriores, ya que son los mismos que venden los cines en sus confiterías.

Esto también involucra a las marcas, pueden comprarse marcas distintas de los mismos productos que venden los cines. Si Cineplanet o Cinemark venden chocolates de marca A, el consumidor podrá ingresar a las salas con chocolates de marca B, C o D.

►Mecanismos idóneos para informar al público. Ambas cadenas de cine deben informar a la población las especificaciones de los alimentos con los que pueden ingresar a las salas, como mejor les convenga. Por ejemplo, a través de sus páginas web o en la entrada de sus salas de cine.

► Salas Prime no están incluidas.  Sobre las salas Prime, la SPC aclara que las medidas correctivas ordenadas no alcanzan a dicho formato, por tratarse de un modelo de negocio distinto de las salas de cine regulares.

► Cineplanet y Cinemark. La SPC aclaró que las decisiones tomadas, así como las medidas correctivas dictadas, solo refieren Cineplanet y Cinemark, ya que son las denunciadas por Aspec.

Cineplanet: No dejaremos entrar alimentos sin registro sanitario

Por su parte, la cadena Cineplanet aclaró que asegurarán que los productos que lleven los consumidores a las funciones cumplan con los estándares de salubridad y seguridad del caso, tal como indica su director ejecutivo Fernando Soriano.

«Me refiero por ejemplo a productos que son comprados en un ambulante que no reúne las condiciones, que no tiene Digesa, que no tienen una serie de cosas, esos productos lo más probable es que no dejemos el ingreso», indicó Soriano a RPP. «Pero si trae su canchita en empaque de Digesa comprados en una tienda con todas las regulaciones, definitivamente los vamos a dejar entrar», agregó.

«Porque una cosa muy importante que dice Indecopi es que tenemos que cuidar la seguridad, sanidad, salud y la infraestructura del cine», comentó.

Hecha la ley… se ve que todavía hay mucho espacio para la discusión.

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Por Roxana Vásquez

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