El miércoles 14 de diciembre se promulgó el Decreto Supremo que declara el estado de emergencia a nivel nacional por 30 días calendario. Con la publicación en diario El Peruano, se oficializa la medida y rige desde el 15 de diciembre de 2022 hasta el 14 de enero de 2023.
El documento no incluye el toque de queda, es decir, no establece aislamiento social, restricción al libre tránsito o restricciones en horarios.
Sin embargo, las Fuerzas Armadas intervienen en el control interno, junto con la Policía Nacional. Se trata de un régimen de excepción, ante situaciones extraordinarias, como la situación de violentas protestas que se han suscitado en distintas partes del Perú.
El ministro de Defensa, Alberto Otárola, anunció que esta decisión se tomó en sesión del Consejo de Ministros. Agregó que la finalidad es garantizar el orden, la continuidad de actividades económicas y la protección de millones de familias peruanas.
Más sobre el Estado de emergencia
Algunas de las características de un estado de emergencia, es que quedan suspendidos los derechos constitucionales. Entre ellos, se encuentran la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
De esta manera, a partir del 15 de diciembre, se inicia la cuenta del 30 días calendario. Esto quiere decir que el régimen terminará el 14 de enero del 2023. En un plazo de cinco días posteriores al final de este periodo, la PNP debe redactar un informe con los resultados.
Este decreto anula los estados de emergencia individuales que se habían dictado para ciertas regiones del Perú. Ello, debido a que, en esos casos, era la policía quien asumía la responsabilidad del control interno. Cuando se dicta a nacional, las FF.AA están a cargo.