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El pago de recibo de agua podrá fraccionarse sin necesidad de convenio

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento informó también que las empresas prestadoras podrán facilitar el pago del recibo de agua a los usuarios..
Por Almendra Ruesta
2 minutos

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) informó hoy que el fraccionamiento del recibo de agua por consumo durante la emergencia se realizará sin necesidad de convenio. Además, las empresas prestadoras podrán dar facilidades de pago a los usuarios.

Fraccionamiento

Esta medida está dirigida a aquellos usuarios que no pudieron fraccionar sus recibos de agua emitidos en marzo o que comprendan algún consumo realizado durante el estado de emergencia nacional. Ellos ya podrán acceder al fraccionamiento de sus recibos hasta en 24 meses,  en un plazo máximo de 30 días posteriores a la conclusión del periodo del estado de emergencia.

Las empresas prestadoras del servicio deberán indicar en el recibo de agua el monto fraccionado, el número de cuotas en que se fracciona, el valor de cada cuota y el número de cuotas pendientes de pago.

El usuario podrá solicitar la variación del número de cuotas y la empresa deberá dar las facilidades del caso para que el usuario presente su solicitud.

Por otro lado, la negativa injustificada del fraccionamiento de pago de las facturaciones de los servicios de saneamiento  se considera como materia de reclamo.

Descuentos por pago adelantado

La Sunass también ha dispuesto que las empresas pueden realizar descuentos a todos los usuarios de los servicios de saneamiento, con la finalidad de fomentar el pago adelantado de las cuotas de fraccionamiento.

Suspensión del servicio

A fin de facilitar el pago y determinar el consumo real de los usuarios a los que no se les realizó lectura del medidor y se les facturó por promedio histórico de consumo se establece que las empresas no suspenderán el servicio por un plazo de dos meses posteriores al levantamiento del estado de emergencia.

Reclamos

También se amplía el plazo para la atención de reclamos, por lo que, de manera excepcional, las empresas tendrán 30 días hábiles adicionales al plazo normal para emitir pronunciamiento en primera instancia, respecto de los procedimientos de reclamo por los recibos de pago emitidos en el mes de marzo de 2020 y los que comprendan algún consumo realizado durante el estado de emergencia nacional.

Plataforma de atención

El usuario podrá comunicarse con la empresa prestadora a través teléfono, plataforma virtual (web) o cualquier otro medio remoto que implementen las empresas.