El 13 de enero entró en vigencia la Directiva Administrativa N° 339-MINSA/DGIESP-2023, que establece nuevas disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al Covid19, derogando la anterior directiva administrativa N° 321-MINSA/DGIESP-2021.
Estas disposiciones son mas flexibles debido a que los casos de Covid19 han disminuido producto de la vacunación, siendo las principales novedades:
- El aislamiento domiciliario serán de 10 días como máximo, contados a partir del inicio de síntomas o de la toma de la prueba molecular.
- Se elimina el trabajo remoto para las trabajadoras gestantes y que se encuentran en periodo de lactancia.
- Se eliminan el uso obligatorio de mascarillas, siendo solo obligatorio para los vehículos de transporte de trabajadores, y para los trabajadores de salud.
- Las empresas deben garantizar ambientes ventilados. De no contar con ventilación natural, se deben implementar mecanismos de ventilación mecánica, a través de renovaciones cíclicas del aire.
- El uso de filtros de eficiencia, radiación con luz ultravioleta, y mecanismos de medición del CO2 son recomendables mas no obligatorio.
- Aquellas empresas que no cuenten con un servicio de seguridad y salud en el trabajo deben implementarlo.
- Se reitera la obligación de tener que actualizar los planes de vigilancia, los mismos que deben ser aprobados por el Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo dentro de las 48 horas desde su recepción.
En ese sentido, sugerimos a los empleadores ajustar sus Planes de Prevención, Control y Vigilancia del Covid19, eliminando las disposiciones derogadas, e incorporando las nuevas modificatorias, toda vez, que es obligación del empleador garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores dentro del centro laboral.