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Certificado de Exención de Vacunación: ¿se puede presentar para ingresar a locales cerrados?

Muchas personas en el Perú no se han vacunado y no planean hacerlo. ¿Pueden presentar este documento para que se les autorice ingresar a lugares cerrados?
Por Infomercado
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El Gobierno publicó el Decreto Supremo que dispone la obligación de presentar el carné físico o virtual de vacunación contra la covid-19 en espacios cerrados a partir de este viernes 10 de diciembre.

Es por eso que ahora muchas personas recién están dirigiéndose a los centros de vacunación ya que no pueden laborar o ingresar a lugar cerrados que son de su interés.

Ahora bien, existe un grupo de personas que no se ha vacunado y no quiere vacunarse por diferentes razones. Ellos muestran el llamado Certificado de exención de vacunación, un documento que indica que una persona no está vacunada por diferentes motivos. Y se ampara en artículos de la Constitución del Perú y otras instituciones. 

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¿Se puede usar el Certificado de Exención para ingresar a locales cerrados?

Para saber si lo podemos utilizar o no, es importante mirar lo que dice el Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM

En el punto 14.6 se menciona: a partir del 10 de diciembre de 2021, en los cuatro niveles de alerta, los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados tienen que presentar su carné físico o virtual de vacunación.

En ningún momento se habla del Certificado de Exención de vacunación. No importa si el certificado está firmado por una abogada, una institución o alguna otra entidad del Estado.