El Poder Ejecutivo continúa con la entrega del Bono Renta Joven, cuyo objetivo es respaldar económicamente, durante cinco años, a los ciudadanos en los gastos del departamento que están rentando. En la presente nota podrás consultar si eres realmente uno de los beneficiarios de este subsidio el Estado.
Bono Renta Joven 2022: ¿cuál es su valor?
Cada mes, los beneficiarios del bono recibirán un total de S/500 durante un período de 5 años. Este monto será dividido en dos partes: un 70% para el pago del alquiler del inmueble y un 30% destinada al ahorro para el pago de la inicial de un inmueble en Techo Propio o Mivivienda.
Bono Renta Joven 2022: Acceso al bono y documentación necesaria
Para poder cobrar el subsidio, los ciudadanos deberán tener en cuenta lo siguiente:
- Estar atentos al lanzamiento de una nueva convocatoria, la cual es publicada a través de una resolución ministerial por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) en el Diario Oficial El Peruano. También puedes revisar en la web del Fondo Mivivienda.
- Acercarse al local del MVCS de las ciudades participantes.
- Completar la ficha que te darán.
- Revisar si su grupo fue seleccionado ingresando al buscador de beneficiados del Bono Renta Joven o llamando al 0800 12200,
- De ser así, proceder a evaluar las condiciones del inmueble, el cual debe tener servicios básicos de agua, desagüe y electricidad, ambiente multiuso, zona de dormitorio y baño con puerta, lavatorio, ducha e inodoro.
- Suscribir un contrato de arrendamiento, elaborar en acuerdo con el propietario del inmueble las condiciones del alquiler, conforme al Formato Único de Arrendamiento (FUA).
- Firmar el contrato en una notaría o juzgado de paz letrado autorizado
- Depositar el alquiler mensual menos el bono para alquiler.
Bono Renta Joven 2022: ¿cómo sé si soy beneficiario?
De no estar seguro de que te corresponda el pago de este subsidio, a continuación te especificamos las condiciones que debes cumplir para ser beneficiario. Estas son:
- Conformar un grupo familiar (GF) o un grupo de no dependientes (GND), representado cada uno por una jefatura.
- El GF o GND deberá estar integrado por al menos dos personas que vivan juntas, con parentesco de primero, segundo grado de consanguinidad o por una pareja casada o de convivientes sin impedimento para casarse.
- El ingreso mensual de la jefatura no debe superar los S/ 3,538.00.
- Ningún miembro del GF debe ser propietario o copropietario ni de un terreno, ni de una vivienda o sus aires independizados.
- Tampoco debe haber recibido antes, o estar postulando para recibir, apoyo habitacional por parte del Estado como: FONAVI, ENACE, FMV S.A. y BANMAT.
- No deberán estar incluidos en el Registro de Deudores Judiciales Morosos (REDJUM).
Conviene aclarar que un GF está integrado por al menos dos personas que viven juntas, con parentesco de hasta segundo grado de consanguinidad (abuelos, hermanos, nietos) o primero de afinidad (suegros, yernos, nueras), o por una pareja casada o de convivientes sin impedimento para casarse. Y, en el caso del GND, este está conformado por dos integrantes, como mínimo, sin dependencia económica o carga familiar mutua. No importa si tienen parentesco consanguíneo.