El Bono ONP de Reconocimiento es un beneficio que se entrega a los afiliados que han pasado del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) al Sistema Privado (SPP), siempre que cumplan con los requisitos exigidos.
En esta subvención se reconocen todos los aportes realizados en el SNP y deberá solicitarse ante la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que el ciudadano esté afiliado. Esta entidad tendrá un plazo de 60 días para dar una respuesta y luego enviarla a la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Además, será la encargada de brindarte la información precisa sobre el estado y posibles problemas encontrados en tu solicitud del bono.
A continuación, en esta nota de Infomercado podrás enterarte si eres uno de los beneficiarios.
¿Cómo saber si puedo acceder al Bono ONP de Reconocimiento?
No existe un link de consulta oficial para verificarlo, pero debes saber que basta con que seas exaportante del SNP y cumplas con las siguientes condiciones:
- Antes de tu incorporación al SPP, debes haber aportado 4 años (48 unidades de aporte) al SNP, ya sea de manera consecutiva o no.
- Debes haber aportado al SNP durante las siguientes fechas:
- Bono 1992: entre el 6 de diciembre de 1982 y el 5 de diciembre de 1992.
- Bono 1996: entre el 1 de enero de 1987 y el 31 de diciembre de 1996. En este caso se requiere que la afiliación al SPP se haya producido entre el 6 de noviembre de 1996 y el 31 de diciembre de 1997.
- Bono 2001: entre el 1 de enero de 1992 y el 31 de diciembre de 2001.
¿Cuándo se paga el subsidio?
El pago depende de la situación previsional particular en la que te encuentres al momento de presentar tu solicitud:
- Emisión y redención ordinaria: si la o el titular es menor de 65 años. En este caso, el bono se paga el último día hábil del bimestre anterior a aquél en el cual la o el titular cumpla la edad de jubilación legal (65 años).
- Emisión y redención simultáneas: si la o el titular tiene 65 años o más, ha fallecido o le ha sido declarada una discapacidad total permanente. En dichos casos, el BdR se pagará a lo los beneficiaros o al titular con discapacidad, dentro de los 90 días calendarios contados a partir de la presentación de la solicitud.