Por ley, los pensionistas que se pasaron del Sistema Nacional de Pensiones al Sistema Privado (SPP) tienen derecho a cobrar al Bono ONP 2022 de Reconocimiento. Este beneficio reconoce todos los aportes Sin embargo, existen requisitos que debes cumplir para acceder a esta devolución. Conócelos a continuación.
¿Con qué requisitos se debe cumplir para acceder al beneficio?
Para ser beneficiario, basta con que seas exaportante del SNP y cumplas con los siguientes requisitos:
– Bono 1992: haber estado afiliado al SNP con anterioridad al 6 de diciembre de 1992 y ya estar inscrito en alguna AFP. Que sus aportes se hayan realizado por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores al 06/12/82 y el 05/12/92.
– Bono 1996: haber estado afiliado al SNP y luego a una AFP desde el 06/11/96 hasta el 31/12/97. Ser aportante por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/87 y el 31/12/96.
– Bono 2001: Que el aporte al SNP haya sido en un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/1992 y el 31/12/2001.
– Bono 20530: Según la la Ley del Régimen Previsional a cargo del Estado, les corresponde a los afiliados a dicho régimen que se hayan incorporado al SPP a partir del 24 de abril de 1996.
Bono ONP 2022 de Reconocimiento, Consulta LINK oficial con DNI: ¿Cómo solicitarlo?
Deberás solicitar el bono ante la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que estás afiliado. Ellos contarán con un plazo de 60 días para revisar tu solicitud de emisión del bono y enviarla a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Tu AFP será la encargada de brindarte la información precisa sobre el estado y posibles problemas encontrados en tu solicitud del bono.
Bono ONP 2022 de Reconocimiento, Consulta LINK oficial con DNI: ¿Cuándo podré retirar?
El pago depende de la situación previsional particular en la que te encuentres al momento de presentar tu solicitud:
- Emisión y redención ordinaria: si la o el titular es menor de 65 años. En este caso, el bono se paga el último día hábil del bimestre anterior a aquél en el cual la o el titular cumpla la edad de jubilación legal (65 años).
- Emisión y redención simultáneas: si la o el titular tiene 65 años o más, ha fallecido o le ha sido declarada una discapacidad total permanente. En dichos casos, el BdR se pagará a lo los beneficiaros o al titular con discapacidad, dentro de los 90 días calendarios contados a partir de la presentación de la solicitud.