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Bono Navidad Gob pe 2021 para el Sector Público: ¿Cuánto y cuándo se debe cobrar el subsidio? [LINK]

El Decreto Supremo N° 358-2021-EF precisa que este subsidio tiene como objetivo promover la dinamización de las inversiones en el marco de la reactivación económica.
Por Infomercado Publicado: Últ. actualización: 16 diciembre, 2021 15:53
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Bono Navidad Gob pe 2021 para el Sector Público: ¿Cuánto y cuándo se debe cobrar el subsidio? [LINK]

El Gob.pe entregará un bono de S/300 por Navidad. Conoce aquí el link, la lista de beneficiarios y cronograma de pagos del subsidio del 2021 que beneficiará a trabajadores del sector público. 

Bono Agrícola 350, link gob pe 2021 vía Midagri: ¿Hasta cuándo se puede cobrar?

Bono Navidad 2021: ¿Cuándo se pagará este beneficio?

El Decreto Supremo N° 358-2021-EF precisa que este subsidio tiene como objetivo promover la dinamización de las inversiones en el marco de la reactivación económica y la ejecución del gasto público.

Cabe precisar que el bono 300 soles por Navidad se abonarán, por única vez, en la planilla de pagos del mes de diciembre de 2021.

¿Cuáles son los requisitos indispensables?

La Norma establece que los beneficiarios del bono S/300 por Navidad deben cumplir de manera conjunta con las siguientes condiciones:

a) Haber estado laborando al 30 de noviembre del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres (03) meses al 30 de noviembre del presente año. Si no contara con el referido tiempo de tres (03) meses, dicho concepto se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

Bono Navidad 2021: ¿Cuál es el link y quiénes pueden cobrarlo?

No existe un link de consulta oficial. Cabe precisar que el aguinaldo navideño 2021 se otorga a favor de:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, Ley N° 29944 y Ley N° 30512.
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220.
  • Personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.

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