Utilidades

Bono Escolaridad 2022 LINK: Consulta aquí qué debes hacer para recibir los 400 soles del Gobierno

Conoce en esta nota quiénes son los beneficiarios del bono escolaridad que se entregará este mes en las planillas de pago de los trabajadores nombrados.
Por Infomercado Publicado: Últ. actualización: 27 enero, 2022 11:32
2 minutos
Gratificación

El Poder Ejecutivo oficializó el pago del Bono Escolaridad o Bonificación por Escolaridad de 400 soles para trabajadores nombrados con hijos, como un apoyo económico para el pago de estudios escolares. Conoce aquí cómo cobrar el Bono Escolaridad 2022 y consulta si eres beneficiario en el link oficial.

► LEE TAMBIÉN: Consulta Bono Techo Propio 2022 Link: requisitos fundamentales para acceder al subsidio de Vivienda

Bono Escolaridad 2022 LINK: ¿Quiénes son los beneficiarios?

Según Decreto Supremo Nº 001-2022-EF, la bonificación por escolaridad se otorga a favor de:

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220.
  • Personal de la salud del Decreto Legislativo Nº 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.
  • Trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada.
  • Servidores penitenciarios.
  • Auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas públicas.
  • Jueces y jueces supernumerarios del Poder Judicial.
  • Fiscales del Ministerio Público y fiscales provisionales que no se encuentran en la carrera fiscal del Ministerio Público.

Bono Escolaridad 2022 LINK: ¿Cuándo se podrá cobrar el beneficio?

El monto del bono Escolar 2022 es de S/400 y será abonado en la planilla de pagos de este mes de enero.

 ¿Qué requisitos debo cumplir para cobrarlo?

  • Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista en el literal precedente. Si no cuenta con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

VIDEO RECOMENDADO