La Oficina de Normalización Previsional (ONP) reconoce en el Bono de Reconocimiento los aportes que los ciudadanos realizaron al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) antes de incorporarse a una AFP (perteneciente al Sistema Privado de Pensiones – SPP). Este 2022 los afiliados podrán retirar una gran suma de dinero, a continuación, te contamos de cuánto se trata.
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Bono de Reconocimiento 2022, Consultar con DNI: ¿Hasta cuánto puedo cobrar?
El monto máximo a pagar es de 60 mil Nuevos Soles y el valor del bono es nominal, es decir no está actualizado de acuerdo a la inflación.
Bono de Reconocimiento 2022, Consultar con DNI: ¿Cómo se solicita?
Como ya se mencionó anteriormente, podrás solicitar el Bono Reconocimiento ante la AFP a la que perteneces. Ellos tendrán un plazo de 60 días para revisar tu solicitud de emisión del bono y enviarla a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
La misma AFP será la encargada de informarte sobre el estado y posibles problemas con la solicitud del bono.
Bono de Reconocimiento 2022, Consultar con DNI: ¿Cuáles son los requisitos que se deben cumplir?
Asimismo, debes saber que aparte de ser exaportante del SNP, también debes cumplir con las siguientes condiciones:
- Antes de tu incorporación al SPP, debes haber aportado 4 años (48 unidades de aporte) al SNP, ya sea de manera consecutiva o no.
- Debes haber aportado al SNP durante las siguientes fechas:
- Bono 1992: entre el 6 de diciembre de 1982 y el 5 de diciembre de 1992.
- Bono 1996: entre el 1 de enero de 1987 y el 31 de diciembre de 1996. En este caso se requiere que la afiliación al SPP se haya producido entre el 6 de noviembre de 1996 y el 31 de diciembre de 1997.
- Bono 2001: entre el 1 de enero de 1992 y el 31 de diciembre de 2001.
Bono de Reconocimiento 2022, Consultar con DNI: ¿Cuándo se pagará?
La fecha de tu pago dependerá de la situación previsional particular en la que te encuentres al momento de presentar tu solicitud:
- Emisión y redención ordinaria: si la o el titular es menor de 65 años. En este caso, el bono se paga el último día hábil del bimestre anterior a aquél en el cual la o el titular cumpla la edad de jubilación legal (65 años).
- Emisión y redención simultáneas: si la o el titular tiene 65 años o más, ha fallecido o le ha sido declarada una discapacidad total permanente. En dichos casos, el BdR se pagará a lo los beneficiaros o al titular con discapacidad, dentro de los 90 días calendarios contados a partir de la presentación de la solicitud.