Las universidades públicas con licencia institucional denegada implementarán un plan de emergencia orientado a alcanzar las condiciones básicas de calidad, con el acompañamiento y seguimiento del Ministerio de Educación (Minedu) y antes del vencimiento del plazo de cese definitivo establecido por SUNEDU.
Ello en cumplimiento del rol rector como garante del derecho a una educación de calidad y, a la vez, responsable del servicio público universitario.
Para tal efecto, se emite el Decreto Supremo N° 016-2019-MINEDU publicado en el diario oficial El Peruano.
En este DS se dispone la elaboración y ejecución de un plan de emergencia para las universidades públicas con licencia institucional denegada por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).
La norma dispone también la conformación e instalación de una comisión técnica liderada por Minedu e integrada por representantes de la universidad pública con licencia denegada.
Esta comisión se encargará de la elaboración y seguimiento del plan de emergencia con las acciones y obligaciones a cargo de la universidad destinadas al cumplimiento de las condiciones básicas de calidad.
La comisión estará acompañada por un Consejo Consultivo, conformado por los rectores de las universidades públicas licenciadas, para que ofrezca asesoría, recomendaciones y aportes.
Como resultado de la implementación del plan de emergencia y el cumplimiento estricto de las condiciones básicas de calidad, la Universidad volverá a presentar una solicitud de licenciamiento ante la SUNEDU.
Esta nueva solicitud de licenciamiento podrá presentarla una vez que haya terminado el periodo de moratoria para la creación de nuevas universidades, en abril del 2020.
En caso de que les fuera denegada la licencia en una segunda oportunidad, o que durante el proceso de ejecución del Plan de emergencia, las autoridades no cumplan con sus obligaciones, el Minedu propondrá el inicio de las acciones que permitan la reorganización de dichas universidades.