Entrevistas

Walter Crespo: «A los peruanos que viven en el extranjero también se les revisará las cuentas»

La norma dice que la suma total de todas las cuentas que tenga la persona o la empresa en la misma entidad financiera serán reportadas
Por Infomercado Publicado: Últ. actualización: 11 marzo, 2021 12:51
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Walter Crespo, docente de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), en la facultad de Negocios de la Carrera de Contabilidad y Negocios, habló con Infomercado sobre los impactos de la nueva norma de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y Aduanas (SUNAT).

El experto resolvió las dudas que hay con respecto a que ahora los bancos están obligados a enviarle información a la Sunat sobre las cuentas con montos de S/10,000 a más.

¿Cuáles son los antecedentes de esta norma?

El Decreto Legislativo N°1434 , en realidad, a algunos les ha parecido una sorpresa, pero ya se ha venido dando esta reglamentación desde el 2018 y también se comentaba que atentaba contra el secreto bancario de las personas y empresas. Pero un poco para entrar en contexto, este secreto bancario y la reserva tributaria puede levantarse si lo pide el juez o una comisión investigadora, de acuerdo a ley. El Tribunal Constitucional (TC) decía que esto se podía levantar por un bien mayor, y ¿cuál es ese bien mayor? La evasión tributaria. Así que no se está violando el secreto bancario.

¿Cuál es el proceso que seguirá esta relación entre Sunat y bancos?

La norma indica que las entidades financieras o empresas financieras van a informar directamente a la Administración Tributaria  de manera mensual y esta norma es con fecha efectiva desde el 1 de enero del 2021. Por lo tanto, a fines de mes ellos empiezan a reportar a todas las cuentas que tenga de S/10,000 soles a más. La norma dice que la suma total de todas las cuentas que tenga la persona o la empresa en la misma entidad financiera serán reportadas. Por ejemplo: si yo tengo S/3,000 en mi cuenta de ahorros, una cuenta de plazo fijo de S/7,000 y una cuenta de CTS de S/3,000, entonces la suma de las 3 cuentas es lo que debe reportar la entidad financiera.

También estipula la norma de las cuentas mancomunadas, que cada una de las personas va reportar el saldo que tiene en la cuenta de manera individual.

Lo cuestionable aquí es que: ¿Cómo poder sustentar el saldo que tiene las personas o las empresas por un saldo que tiene ahorrados de años?

Hay empresas que reciben pagos o fondos digitales, por ejemplo: Facebook o Google, que no te piden comprobante, ¿Cómo se hace la contabilidad en ese caso?

En el caso de las empresas, es un poco más viable, ya que estas pasan por un proceso de contratación de esta publicidad, pues empiezas por un correo, luego emites la orden compra, luego se genera un comprobante. Facebook emite un comprobante como no domiciliado y es más sencillo notificarlo como empresa. En el caso de las personas naturales o emprendedores, también es manejable el sustento porque generalmente pagan con tarjeta de crédito, por ahí queda bancarizada la operación y por ahí se puede demostrar. 

El problema viene con las personas que tienen sus ahorros de años de trabajo, probablemente algunas personas no tengan sus comprobantes de pago del 2000 o de años anteriores. ¿Cómo demostrar esos saldos? Ahí queda sustentarlo en caso que haya depósitos o saldos elevados que no coincidan con su nivel de vida.

¿Cómo se podría afrontar el tema de la seguridad de la Sunat con la filtración de datos personales?

Esta norma tiene relación con que el Estado peruano está atentando a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), entonces está pidiendo que los países integrantes formen parte de este pacto donde hay muestras claras de lucha de la evasión y elusión tributaria, y uno de ellos es precisamente la información de los saldos que mantienen las personas naturales y empresas a la Sunat, en el caso de Perú. Este es un requerimiento que la OCDE pide a los países miembros donde Perú es parte ellos igual que Chile, México, Argentina, etc.

Sunat ha dicho que sus protocolos y procedimientos para proteger la información han sido aprobados por la misma OCDE. También hay otros riesgos, por ejemplo: la generación, probablemente, del incremento de la informalidad en el sistema bancario, es decir, se promueve la desbancarización.

Otro riesgo que se analizaría es que, ya ha habido un mal precedente en la Administración Tributaria. Por ejemplo, que esta información secreta se use con fines de presión o chantaje político porque ya ocurrió en época pasadas. Si bien son otros tiempos, es verdad, pero la Sunat debe seguir dando buenos síntomas.

¿Una reflexión final sobre el tema?

Para comenzar, cosas positivas. La Administración Tributaria ya está accediendo a la información de peruanos en el extranjero, que no habían declarado en su momento los saldos que tienen. Con este convenio de la OCDE va a tener información de 110 países donde haya peruanos que tienen sus saldos guardados en estos países y no hayan tributado. Este es un lado que va a ayudar a esclarecer y ordenar toda la parte financiera que ha sido evadida.

También, como una desventaja es que no se desincentive la bancarización en el país. Es importante que se siga con ello. Que las familias tampoco afecten sus finanzas personales, en la medida, que tengan la oportunidad de recibir mejores remuneraciones o rentabilidad a sus productos financieros, que accedan a créditos más baratos, y que esto no sea mas bien todo lo contrario.