La Oficina de Normalización Previsional (ONP) informó que los ciudadanos afiliados que pasaron del Sistema Nacional de Pensiones al Sistema Privado de Pensiones les corresponde cobrar el Bono Reconocimiento de S/930. Consulta aquí quiénes son los pensionistas que pueden cobrar el último Bono ONP de 930 soles para este 2022.
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Último Bono 930 soles ONP 2022: ¿quiénes pueden solicitarlo?
Además de ser exaportante del SNP, para poder cobrar este bono debes cumplir con ciertas condiciones y estas dependen de la fecha en las que realizaste tus aportes:
– Bono 1992: haber estado afiliado al SNP con anterioridad al 6 de diciembre de 1992 y ya estar inscrito en alguna AFP. Que sus aportes se hayan realizado por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores al 06/12/82 y el 05/12/92.
– Bono 1996: haber estado afiliado al SNP y luego a una AFP desde el 06/11/96 hasta el 31/12/97. Ser aportante por un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/87 y el 31/12/96.
– Bono 2001: Que el aporte al SNP haya sido en un mínimo de 48 meses dentro de los 10 años anteriores entre el 01/01/1992 y el 31/12/2001.
– Bono 20530: Según la la Ley del Régimen Previsional a cargo del Estado, les corresponde a los afiliados a dicho régimen que se hayan incorporado al SPP a partir del 24 de abril de 1996.
Último Bono 930 soles ONP 2022: ¿qué debo hacer para obtener el beneficio?
Para poder acceder el Bono de Reconocimiento, debes solicitarlo ante la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que estás afiliado. Ellos contarán con un plazo de 60 días para revisar tu solicitud de emisión del bono y enviarla a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Tu AFP será la encargada de brindarte la información precisa sobre el estado y posibles problemas encontrados en tu solicitud del bono.
¿Cuándo puedo cobrarlo?
Para efectuar el cobro, el beneficiario no está limitado por una fecha en particular, ya sea total o parcial, y esto se debe a que los 930 soles son abonados a la propia cuenta del jubilado. En sí, el momento de pago depende de la situación previsional particular en la que te encuentres al momento de presentar tu solicitud:
- Emisión y redención ordinaria: si la o el titular es menor de 65 años. En este caso, el bono se paga el último día hábil del bimestre anterior a aquél en el cual la o el titular cumpla la edad de jubilación legal (65 años).
- Emisión y redención simultáneas: si la o el titular tiene 65 años o más, ha fallecido o le ha sido declarada una discapacidad total permanente. En dichos casos, el BdR se pagará a lo los beneficiaros o al titular con discapacidad, dentro de los 90 días calendarios contados a partir de la presentación de la solicitud.