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¿Tu empleador te negó el teletrabajo? Estas son las únicas razones por las que puede hacerlo

Percy Alache, socio de servicios laborales de PwC Perú, explicó que la compañía debe evaluar su forma de negocio antes de aprobar el teletrabajo.
Por Gabriela Bárcena
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Teletrabajo

El domingo 26 de febrero, el Ejecutivo aprobó la nueva Ley de Teletrabajo, en el que se detallaron los derechos y deberes del trabajador y el empleador.

Frente a esto, han surgido muchas dudas por parte de los colaboradores, sobre las restricciones de esta nueva modalidad de trabajo.

En ese sentido, si el empleador niega la solicitud de un trabajador para realizar teletrabajo, tendrá que explicar detalladamente las razones. Asimismo, si luego de 10 días de presentar el requerimiento el colaborar no recibe ninguna respuesta, se dará por aprobada.

¿Por qué podría negarse el teletrabajo en una empresa?

Percy Alache, socio de servicios laborales de PwC Perú, explicó a Gestión, que la compañía debe evaluar su forma de negocio para aprobar el teletrabajo.

Es decir, si la empresa es privada o pública y tiene la posibilidad de realizar esta modalidad de empleo, debe analizar las funciones de cada puesto de trabajo y los niveles de responsabilidad que tienen.

Asimismo, se debe tomar en cuenta la capacidad de supervisión y control de medición de las actividades de la empresa.

Tomando en consideración lo mencionado anteriormente, Alache manifestó que las posibles razones para rechazar una solicitud de teletrabajo pueden ser:

  • Alta demanda de clientes en la presencialidad.
  • Necesidad de cubrir la atención al público.
  • Realizar campañas de negocios.
  • Actividades logísticas que requieran de presencialidad.

Por otro lado, el especialista destacó que algunas actividades económicas son más complicadas de llevar por teletrabajo como la minería, construcción, atención al público, agricultura y pesca.

Cabe destacar que, el empleador puede negar o aprobar el teletrabajo en base a la productividad y funciones del trabajador.

Además, si se niega sin sustento, puede ser denunciado a la Sunafil por hostigamiento laboral, ya que afecta su dignidad, agregó Brian Ávalos, socio del área laboral del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a esta modalidad?

En la Ley se detalla que las personas que tienen preferencia para acceder al teletrabajo son aquellas que tienen alguna discapacidad, gestantes, en periodo de lactancia, personas responsable del cuidado de niños, adultos mayores, entre otros.

Asimismo, aquellos que pertenezcan a grupos de riesgo por factores clínicos, accidentes graves, enfermedades pre existentes o que tengan familiares directos en estado grave.

Ademas, Alache también manifestó que los temas económicos y de tiempo también deben considerarse. En ese caso, las personas que viven en lugares muy lejanos a su trabajo, podrían solicitar la modalidad híbrida.

Finalmente, algunos rubros no presentan dificultades para el teletrabajo, como telemarketing, e-commerce, actividades administrativas, contabilidad, entre otros.