La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema rechazó los recursos de casación que interpusieron el expresidente Ollanta Humala, su esposa Nadine Heredia y otros procesados en el Caso Odebrecht.
Ellos están siendo investigados por el presunto delito de lavado de activos en organización criminal por la recepción de aporte ilícitos de las empresas Odebrecht y OAS.
El tribunal supremo, presidido por el juez César San Martín, resolvió en sus argumentos que el caso de aportes ilícitos siga procesándose como un caso de lavado de activos. Esta decisión se tomó al denegar la tesis de las defensas legales que buscaban objetar la comisión de dicho delito y que el tribunal lo declare como un acto de sanción administrativa.
“Los jueces de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de justicia de la República declararon infundado los recursos de casación de los encausados Nadine Heredia Alarcón, Ollanta Humala, Ilan Heredia y Julio Torres”, declararon en un fallo histórico para el derecho.
Las posturas de la defensa y Fiscalía
Según la defensa del expresidente, las etapas del delito de lavado de activos deben darse de manera sucesiva y concurrente para determinar que, en efecto, los aportes de entidades privadas a partidos políticos con anterioridad a la ley de financiamiento ilegal son parte de la figura penal.
Por el otro lado, el fiscal supremo César Zanabria y el Procurador para casos de Lavado de Activos, Miguel Sánchez Mercado, consideraron que sí es posible cometer el delito de lavado de activos en todas las etapas del proceso; por ende, el dinero encontrado en las cuentas del partido político sí configuraría el ilícito.