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Tribunal Constitucional mantendrá fallo que anula cobros por intereses moratorios

El TC rechazó la petición de Sunat de eliminar los intereses moratorios debido a que sus fallos no pueden ser impugnados.
Por Eduardo Sotomayor
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En febrero de este año, la Sunat pidió al Tribunal Constitucional que revocara una sentencia que permitía a los deudores no pagar intereses moratorios. Esto con la condición que su litigio con la administración tributaria no haya sido resuelto y si la demora era responsabilidad de la entidad tributaria.

El máximo ente jurídico rechazó la petición, señalando que sus fallos no pueden ser impugnados. Además sostuvieron que la solicitud de la Sunat era un intento de aclarar la decisión previa, lo que no es legalmente admisible.

El Tribunal también enfatizó que la Sunat solo expresó su desacuerdo con el fallo anterior sin presentar argumentos sólidos para justificar su solicitud.

Giorgio Balza, asociado principal de Cuatrecasas, recordó que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) había argumentado que los jueces no estaban autorizados a calcular los intereses durante la etapa judicial.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional precisó que el artículo 33 de la ley sí contempla esta posibilidad y declaró la inaplicabilidad del argumento del MEF. Además, el Tribunal Constitucional no consideró la actualización de la deuda en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) durante el proceso de análisis, por lo que no se pudo abordar este asunto en la decisión.

¿Por qué perjudica a la recaudación?

Enrique Vera, superintendente de la Sunat, señaló en una entrevista con Caretas que la decisión del Tribunal Constitucional podría devaluar la deuda. Esto debido a que el valor del dinero ha cambiado en el transcurso de los años.

Vera argumentó que los intereses moratorios mantienen el valor del dinero y que la eliminación de estos incentivaría el incumplimiento y frenaría la promoción del pago oportuno de las obligaciones tributarias. Según el especialista, esta decisión afectaría sustancialmente los ingresos del Estado y podría incrementar la litigiosidad mediante la judicialización de las controversias.

La sunat ha calculado que el fallo del Tribunal permitiría que las empresas deudoras dejarán de pagar más de S/12.000 millones.