La Superintendencia de Banca y Seguros del Perú (SBS) brinda información sobre las comisiones o gastos que las entidades financieras tienen prohibido cobrarles a sus clientes.
Si cuentas con una tarjeta de crédito y débito, con algún préstamo o depósito debes saber cuales son los gastos que no deben cobrarte los bancos.
La SBS recuerda a las entidades financieras que no debe cobrar por lo siguientes servicios:
- Por la recepción o gestión de billetes y monedas (ya sea por conteo, centralización, verificación, u otros conceptos similares) al realizar cualquier operación financiera.
- Por la tramitación de un reclamo.
- Por brindar asesoría financiera vinculada con la oferta, comercialización o ejecución de un contrato de productos o servicios financieros.
Si los usuarios tienen un depósito las entidades financieras no pueden cobrarte comisión o gasto por:
En caso los clientes tengan alguna tarjeta de crédito o un préstamo las entidades financieras no pueden cobrarte comisión o gasto en los siguientes casos:
- Mantenimiento o administración de cuentas inactivas.
- En caso de devolución de un cheque mal girado o sin fondos, cuando se trate de cheques de la misma empresa.
- Por remisión de depósitos al Fondo de Seguro de Depósitos.
- Está prohibido cobrar por envío de estados de cuenta por medios electrónicos.
- En caso haya cargos en general, cuando la apertura de la cuenta se establezca como requisito para realizar cargos relativos al pago de algún crédito.
- En empresas bancarias, cargos interplaza por retiro de dinero en efectivo, a través de un cajero automático del propio banco o en ventanillas de atención en una localidad distinta a la ciudad donde se abrió la cuenta bancaria.