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SUNAT amplía descuentos de hasta 100% en multas por omitir declaraciones de Impuesto a la Renta

La Resolución de Superintendencia Nº 000355-2025/SUNAT introduce nuevos criterios de gradualidad para multas por omitir declaraciones del Impuesto a la Renta y detalla los descuentos aplicables según el tipo de subsanación.

Por Sebastian Valladolid
3 minutos
SUNAT actualiza régimen de gradualidad y amplía rebajas para omisiones del Impuesto a la Renta
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La SUNAT modificó el régimen de gradualidad para las multas vinculadas al impuesto a la renta. El 28 de noviembre publicó la Resolución de Superintendencia Nº 000355-2025/SUNAT, donde actualiza los criterios aplicables al numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario y establece nuevas reglas para subsanar declaraciones omitidas.

Cambios en el régimen de gradualidad

La SUNAT modificó los artículos 11, 12 y 13 del Reglamento del Régimen de Gradualidad, aprobado por la Resolución Nº 063-2007/SUNAT, y actualizó secciones del Anexo II.

  • El artículo 11 ahora detalla las condiciones que el contribuyente debe cumplir para acceder a las rebajas, como la forma correcta de subsanar y el cumplimiento del pago dentro de los plazos.
  • El artículo 12 especifica cómo se calcula la rebaja, según el tipo de infracción y el momento en que el contribuyente la regulariza.
  • El artículo 13 define los porcentajes de descuento y su aplicación en casos de subsanación voluntaria o inducida.

La entidad incorporó referencias a los nuevos artículos 13-B y 13-C, que establecen reglas especiales de gradualidad para determinadas declaraciones del Impuesto a la Renta y precisan los requisitos para acceder a la multa reducida. Además, SUNAT detalló el procedimiento de subsanación, desde la presentación o modificación de la declaración hasta el pago de la multa con rebaja e intereses.

La actualización añadió la nota (16) del Anexo II, que establece cuándo corresponde aplicar el régimen general de gradualidad si no aplican las reglas especiales fijadas en los artículos 13-B y 13-C.

Declaraciones incluidas en el nuevo esquema

El artículo 13-C establece reglas específicas para las multas por no presentar declaraciones del Impuesto a la Renta de primera y cuarta categoría, además de la declaración anual de contribuyentes que no declaran en tercera categoría.

La SUNAT definió descuentos entre el 96% y el 100%, según se trate de subsanación voluntaria o inducida.

Si la declaración no figura como presentada por errores en el RUC o en el período tributario, el contribuyente solo puede acceder a los descuentos previstos en el reglamento.

Formas de subsanar según la nueva norma

El contribuyente puede subsanar de manera voluntaria antes de recibir una notificación de la SUNAT, lo que ofrece la mayor rebaja.

La subsanación inducida ocurre después de que la entidad emite una comunicación. En ambos casos, el contribuyente debe presentar la declaración omitida o modificarla a través del formulario virtual correspondiente.

El pago debe cubrir la multa reducida y los intereses.

Una disposición transitoria permite aplicar el nuevo régimen a infracciones anteriores, siempre que el contribuyente no haya usado un beneficio previo y cumpla las condiciones.