Ante la reposición del gerente general de la EPS Grau, Roberto Sandoval Maza, por parte del Segundo Juzgado Laboral de Piura, mediante una medida cautelar, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) señaló que la remoción del funcionario se dio conforme a ley.
En julio de 2022, Sandoval Maza fue removido por no cumplir con los requisitos para ejercer el puesto al tener un proceso judicial con la EPS Grau, aunque fue repuesto tres meses después.
Su remoción se justifica como infracción e impedimento para el ejercicio del cargo, según la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento.
Según Sunass, no es correcto afirmar que la entidad “solo se ha abocado a aplicar su fiscalización como si fuéramos una entidad municipal [y] no ha tomado en cuenta la normativa para las entidades en etapa concursal”, tal y como señala la EPS Grau.
Añade que a Ley Marco, en relación con las causales de remoción de los funcionarios de las EPS, hace referencia a los prestadores de servicios sin distinción.
Sunass se ampara en la Ley Marco
Sunass consideró que la medida cautelar se emitió con la sola versión del solicitante, la cual acata sin perjuicio de la impugnación que se ha presentado para la adecuada valoración de los hechos que deberá realizar el juez, ahora con las versiones de las dos partes, puntualiza.
La Sunass precisa que la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento (DL 1280) la faculta a supervisar y sancionar a las empresas prestadoras (EPS), con el fin de que estas tengan un desempeño eficiente y alcancen altos estándares de transparencia y eficiencia en la prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado.
En ese sentido, la Sunass supervisa aspectos como la designación y permanencia de los miembros del Directorio, los requisitos mínimos para los cargos de director y gerente general, así como la administración, gestión empresarial y la implementación del código de buen gobierno corporativo en las EPS.