El Congreso de la República aprobó una ley que obliga a Sedapal y a las EPS a compensar a los usuarios por cortes injustificados de agua. La norma entrará en vigencia tras la actualización del reglamento.
¿Qué exige la nueva ley?
El Congreso promulgó la Ley N.º 32506, la cual modifica el Decreto Legislativo 1280 y establece que, cuando una empresa prestadora interrumpa de forma injustificada el servicio de agua potable o saneamiento, deberá compensar al usuario por el tiempo en que no recibió el servicio o este no se brindó en condiciones especiales.
Según el documento publicado en El Peruano, la norma será implementada tras la adecuación del reglamento, que deberá definir qué situaciones califican como interrupciones atribuibles a la empresa.
Entidades que asumirán la disposición
La disposición alcanza a Sedapal, que opera en Lima, y a las 49 Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) que funcionan en diversas ciudades del país. Asimismo, incluye a prestadores municipales más pequeños que atienden zonas rurales.
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y la Sunass tendrán 180 días para actualizar el reglamento que precise los criterios de responsabilidad y los mecanismos de compensación.
La ley señala que la empresa prestadora deberá resarcir al usuario por la duración del corte y por no haber proporcionado servicios alternativos. El reglamento determinará si la compensación será a través de una retribución económica directa o mediante descuentos en recibos futuros.
La Comisión de Defensa del Consumidor, liderada por Katy Ugarte, argumentó que sectores como el de servicio eléctrico, ya contemplan compensaciones similares y que los usuarios financian pólizas de seguro que no cubren interrupciones del servicio.
Impacto en la protección del consumidor
El Congreso sostiene que la norma corrige un vacío legal que afectaba el derecho de los ciudadanos a un servicio esencial. La Defensoría del Pueblo calificó la aprobación de la ley como un avance en la protección del usuario y destacó que formaliza un mecanismo largamente solicitado.
Además, se busca evitar que los costos de fallas atribuibles a la empresa recaigan en los usuarios, quienes ya asumen gastos por las pólizas de responsabilidad civil de los prestadores.
Si el Ejecutivo cumple con los plazos establecidos, la actualización del reglamento debería completarse en 180 días. Con ello, el sistema de compensaciones comenzaría a funcionar a partir de 2026.