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SBS disuelve dos cooperativas de ahorro y crédito por pérdida total de capital

La SBS señaló que este resultado representa la “pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa”.

Por Gianella Negro Cruz
3 minutos
SBS disuelve dos cooperativas de ahorro y crédito por pérdida total de capital.
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) declaró la disolución de dos cooperativas de ahorro y crédito tras comprobar que ambas registraban patrimonio negativo superior a S/1 millón. La medida alcanza a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Líderes Emprendedores Red Nacional y a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Nuevo Milenio Limitada.

Pérdidas que superaron S/1 millón

Según la información oficial, la Cooperativa Líderes Emprendedores reportó al 31 de diciembre de 2024 un saldo de -S/1 millón 982,302.74, mientras que Nuevo Milenio Limitada presentó al 30 de junio de 2024 un déficit de -S/1 millón 748,406.45.

La SBS señaló que este resultado representa la “pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa”, lo que constituye una causal de disolución bajo la Ley General del Sistema Financiero.

Durante el período de intervención de hasta 45 días, los socios tuvieron la posibilidad de demostrar la reversión de la insolvencia. Sin embargo, en el caso de Líderes Emprendedores, la SBS informó que “no se recibió ninguna comunicación o documentación suficiente para acreditar el levantamiento de las causales de intervención”.

En Nuevo Milenio Limitada, sí se entregaron “treinta y seis documentos de autorización de capitalización de depósitos”, aunque solo veintiuno, por un total de S/649,816.19, fueron validados. La SBS precisó que este monto fue insuficiente para cubrir el déficit.

Administradores temporales asumirán la liquidación

Como parte del proceso, la SBS designó administradores temporales para cada cooperativa. En el caso de Líderes Emprendedores se nombró a Aldo Erick Rojas Sánchez y Ricardo Rey Mendez Tapia, mientras que en Nuevo Milenio Limitada fueron designados Johnny José Luis Cortez Misad y Karen Cerna Guillen.

De acuerdo con la resolución publicada en El Peruano, los administradores tienen facultades para inscribir la disolución, elaborar inventarios, preparar estados financieros y custodiar los bienes de ambas entidades.

La SBS aclaró que “con la publicación de la resolución quedan prohibidos cualquier proceso judicial o administrativo de cobro, constitución de gravámenes o medidas cautelares sobre los bienes” de las cooperativas disueltas.

La autoridad supervisora remarcó que la disolución “no pone término a la existencia legal de la cooperativa”, ya que esta se mantiene hasta la finalización del proceso de liquidación o, en su defecto, la quiebra. La extinción definitiva se formalizará únicamente cuando se inscriba la culminación del proceso en los registros públicos.

Ambas entidades estaban registradas en los niveles modulares 1 y 2, que limitan el alcance de sus operaciones. Antes de la disolución, se realizaron asambleas generales virtuales con escasa participación de socios, quienes fueron convocados mediante publicaciones en medios de circulación nacional.

La SBS informó que todos los procedimientos se realizaron “de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General y el Reglamento de Regímenes Especiales”, y que las resoluciones de disolución y la designación de administradores ya fueron inscritas en registros públicos.