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SBS ajusta normativa de inversiones de AFP para aclarar responsabilidades y sanciones

El reglamento impone límites máximos de inversión que deben ser respetados de manera permanente por las AFP.
Por Iveth Yamunaque
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) actualizó la regulación de inversiones de las administradoras de fondos previsionales, con el fin de precisar el procedimiento a seguir para aquellas que superen los límites de inversión permitidos y establecer las sanciones correspondientes para quienes no cumplan con el plan establecido.

¿Qué detalla el reglamento?

El reglamento de inversiones, actualizado por la SBS, impone límites máximos de inversión que deben ser respetados de manera permanente por las AFP. En caso de que estos límites sean superados, las administradoras están obligadas a tomar las medidas necesarias para volver a cumplir con la normativa, según el regulador.

De esta manera, se incorporan y modifican infracciones que permiten a la SBS disponer de mecanismos más efectivos para sancionar a las administradoras que no se ajusten a los límites, según lo declarado por la entidad supervisora.

El aumento en las inversiones por parte de las administradoras en ciertos instrumentos se debe, principalmente, a los continuos retiros de fondos por parte de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), explicó Jorge Espada, managing partner de Valoro Capital.

Para poder cumplir con los pagos a los afiliados, las AFP se vieron obligadas a deshacerse de algunos instrumentos de inversión, lo que afectó la composición de sus portafolios, añadió.

Por ello, el objetivo de la SBS con estas modificaciones es aclarar en qué circunstancias las AFP son responsables de exceder los límites de inversión y, si no lo son, otorgarles un plazo razonable para volver a cumplir con los márgenes permitidos. De no hacerlo, se les aplicará una sanción por infracción grave.

Por su parte, Gonzalo Llosa, docente e investigador de la Universidad del Pacífico, señaló que la SBS especificó que solo se considerará una violación a la ley cuando los excesos sean producto de decisiones propias de la AFP y no de factores externos.

Encaje

La SBS dispuso que, en el caso de los instrumentos líquidos, el exceso debe ser eliminado de manera inmediata. Para los activos ilíquidos, que son más difíciles de vender, se otorgará un plazo de 30 días para presentar un plan que permita regresar a los límites, sin afectar los fondos ni los mercados.

Por ejemplo, los activos alternativos, como bienes inmuebles, pueden tardar hasta un año en liquidarse para evitar ventas a precios reducidos que podrían perjudicar a los afiliados, según Espada.

Llosa también indicó que la SBS estableció un encaje como penalización para las AFP que, por decisión propia, mantengan excesos de inversión y no cumplan con el plan de retorno aprobado por la entidad.

Casos imputables

La SBS también redefinió los criterios para determinar la imputabilidad de los excesos de inversión. Así, cualquier exceso que no cumpla con estos criterios será considerado no imputable.

Asimismo, Llosa catalogó el reglamento como un gran avance, ya que antes existía confusión sobre cuándo un exceso era imputable a la AFP, sin embargo, ahora, habrá un tratamiento más claro y uniforme de estos casos.